El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículos 17, 58, 59 y 60.
TÍTULO TERCERO
INSTITUTO DE POSGRADOS UNIVERSITARIOS Y ESTUDIOS SUPERIORES CAPÍTULO VI
CURSOS Y CONCURSOS DE PASAJES DE GRADO
Artículo 155
Será condición indispensable para que el alumno pueda iniciar el curso o concurso de pasajes de grado, el haber aprobado el examen médico pertinente a cargo de la Dirección Nacional de Asuntos Sociales que certifica su aptitud para cumplir posteriormente con las Pruebas físicas del Curso o Concurso. En caso de no ser declarado apto o no presentarlo al inicio de la actividad académica, quedara sin efecto su inscripción.