REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 17, 58, 59 Y 60 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LA DIRECCION NACIONAL DE LA EDUCACION POLICIAL




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 03/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículos 17, 58, 59 y 60.

TÍTULO TERCERO
INSTITUTO DE POSGRADOS UNIVERSITARIOS Y ESTUDIOS SUPERIORES
CAPÍTULO III ACTIVIDADES ACADEMICAS
DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 137

   Acuerdos, convenios e intercambios. El Instituto de Posgrados Universitarios y Estudios Superiores con competencia en el desarrollo y mejora continua, de la educación Policial, podrá promover ante la Dirección Nacional de Educación Policial la firma de acuerdos, convenios e intercambios con otros Centros de Educación, nacional o internacional, según pautas que imparta y convalide el Ministerio del Interior.
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