REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 17, 58, 59 Y 60 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LA DIRECCION NACIONAL DE LA EDUCACION POLICIAL




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 03/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículos 17, 58, 59 y 60.

TÍTULO TERCERO
INSTITUTO DE POSGRADOS UNIVERSITARIOS Y ESTUDIOS SUPERIORES
CAPÍTULO III ACTIVIDADES ACADEMICAS

Artículo 123

   Curso Extracurricular. Instancia de educación Institucional para la escala de Oficiales de la Policía Nacional, cuyo desarrollo se orienta a satisfacer los requerimientos de capacitación que en el ámbito profesional necesita la Policía Nacional, para atender las demandas que exige la Seguridad pública. Serán dictados de acuerdo a las necesidades del servicio, según lo entienda la Dirección de la Escuela Nacional de Policía, previa convalidación del Ministerio del Interior. La aprobación del curso estará sujeto al régimen de calificación vigente y se tomarán como méritos o créditos académicos en la carrera profesional del alumno.
Ayuda