FIJACION DE LA POLITICA NACIONAL EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA - PLAN AGROPECUARIO




Promulgación: 15/07/1996
Publicación: 31/07/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 64
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.736 de 05/01/1996 artículos 241, 242, 243, 
244, 245, 246, 247, 248, 249, 250, 251, 252, 253, 254, 255, 256, 257, 258 
y 259.

Artículo 5

   Declárase que al momento de entrada en vigencia de la ley Nº 16.736,
de 5 de enero de 1996, la Comisión Honoraria del Plan Agropecuario tenía
asignados los derechos y obligaciones que surgen del Estado de Situación
adjunto, que se considera parte integrante de este decreto.
   La transferencia de tales derechos y obligaciones a la Institución
Plan Agropecuario se produce de pleno derecho, según lo dispuesto por el
Art. 258 de la ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, debiendo disponerse
las bajas correspondientes en el Ministerio de Ganadería, Agricultura y
Pesca.
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