REGLAMENTACION DE LA LEY 17.502 RELATIVA AL IMPUESTO A LAS RETRIBUCIONES PERSONALES




Promulgación: 30/05/2002
Publicación: 31/05/2002
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 952
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 17.502 de 29/05/2002 artículos 5, 6, 7, 8, 9 y 10,
      Ley Nº 17.345 de 31/05/2001 artículo 6.
VISTO: las modificaciones tributarias introducidas por la Ley Nº 17.502, 
de 29 de mayo de 2002.-

CONSIDERANDO: necesario reglamentar algunas disposiciones de la referida 
norma.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 168º ordinal 4º de 
la Constitución de la República.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 
                                                                                        

IMPUESTO A LAS RETRIBUCIONES PERSONALES

Artículo 1

 Disposiciones especiales.- Para los arrendamientos de obra y de 
servicios previstos en el artículo 7º de la Ley Nº 17.502, de 29 de mayo 
de 2002, serán de aplicación los artículos 2º a 7º del presente 
Decreto.-

BATLLE - BENSION
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