El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Código Aduanero de 19/09/2014 artículos 194, 195, 196,
197, 198 y 264 literal E).
Artículo 5
(Publicación). Las resoluciones sobre consultas serán publicadas en la página web de la Dirección Nacional de Aduanas, sin perjuicio de resguardar los datos que sean necesarios en aplicación del secreto de las actuaciones y de la normativa vigente sobre protección de datos personales y de acceso a la información.