REGLAMENTACION DE LA LEY 19.172 RELATIVO A LA REGULACION Y CONTROL DEL CANNABIS - LEY DE MARIHUANA




Promulgación: 06/05/2014
Publicación: 19/05/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 689
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 19.172 de 20/12/2013,
      Decreto Ley Nº 14.294 de 31/10/1974 artículos 3, 30 y 31.
Referencias a toda la norma

TÍTULO I
DEL CANNABIS PSICOACTIVO DE USO NO MÉDICO
CAPÍTULO SEPTIMO Uso de Cannabis psicoactivo

Artículo 37

 Se encuentra autorizado el uso de Cannabis psicoactivo, únicamente cuando
este provenga de alguno de los siguientes orígenes:

  i)   el producido por el cultivo doméstico
  ii)  el producido por los clubes de membresía
  iii) aquel que dispensen las farmacias autorizadas

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 52.
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