APROBADO POR DECRETO LEY Nº 14.305




Promulgación: 29/11/1974
Publicación: 05/12/1974
Aprobado/a por: Decreto Ley Nº 14.305 de 29/11/1974.

Referencias a toda la norma

TITULO III - CIRCULACION AEREA
CAPITULO UNICO

Artículo 8

   (Limitación al derecho de propiedad). - Nadie puede oponerse, en razón
de un derecho de propiedad en la superficie, al sobrevuelo de las
aeronaves siempre que éste se realice de acuerdo con las normas jurídicas
vigentes. No obstante el perjuicio emergente de un sobrevuelo legítimo
dará lugar a eventual responsabilidad.
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