APROBADO POR DECRETO LEY Nº 14.305




Promulgación: 29/11/1974
Publicación: 05/12/1974
Aprobado/a por: Decreto Ley Nº 14.305 de 29/11/1974.

Referencias a toda la norma

TITULO IX - SERVICIOS AEREOS
CAPITULO II - SERVICIOS DE TRANSPORTE AEREO PUBLICO
SECCION I - GENERALIDADES

Artículo 110

   (Transporte aéreo internacional).- Servicio de transporte aéreo
internacional es el efectuado entre uno o varios puntos de la República y
otro u otros de territorios extranjeros, o entre dos o más puntos de la
República con escala en territorio extranjero.
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