IMPUESTO AL VALOR AGREGADO




Promulgación: 17/08/1992
Publicación: 17/09/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1992
  •    Página: 420
   Visto: la  normativa que rige las obligaciones de documentar y
registrar las operaciones que dan lugar a la generación de tributos;

   Considerando: que  la experiencia  recogida a  través del ejercicio de
las facultades de  fiscalización  de  la  Dirección  General  Impositiva
hace aconsejable modificar y actualizar las disposiciones respectivas;
Atento: a lo dispuesto por los artículos 168 ordinal 41 de la constitución
de la República y 75 inciso segundo del Título 10 del Texto Ordenado 1991

  El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

(*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 597/988 de 21/09/1988 
artículos 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 
56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68 y 69.

LACALLE HERRERA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
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