URBANIZACIONES DE PROPIEDAD HORIZONTAL




Promulgación: 14/08/2001
Publicación: 21/08/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 399
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.292 de 25/01/2001 artículos 48, 49, 50, 51, 
52, 53, 54 y 55.

CAPITULO III - DE LOS PLANOS

Artículo 12

 El plano-proyecto llevará como título "PLANO-PROYECTO". y como subtítulo 
"URBANIZACION DE PROPIEDAD HORIZONTAL - LEY Nº 17.292", y deberá 
confeccionarse con las mismas exigencias formales que el plano definitivo 
de fraccionamiento en lo pertinente.
Las construcciones a realizarse en los bienes comunes deberán constar en 
el plano proyecto y serán graficadas en el plano definitivo de mensura y 
fraccionamiento.-
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