LEY DE URGENCIA. ADMINISTRACION PUBLICA. FOMENTO Y MEJORAS DEL EMPLEO




Promulgación: 25/01/2001
Publicación: 29/01/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 195
Referencias a toda la norma

SECCION VII
TITULO III - URBANIZACIONES DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Artículo 51

 Para los conjuntos inmobiliarios objeto de la presente ley, el estado de 
propiedad horizontal se perfecciona con:

A)  El permiso municipal que aprueba el proyecto de urbanización y la 
    habilitación municipal final de las obras de infraestructura

B)  El plano de mensura y fraccionamiento horizontal cotejado por la 
    Intendencia respectiva, inscripto en la Dirección Nacional de
    Catastro.

C)  La escritura de Reglamento de Copropiedad, conteniendo la hipoteca 
    recíproca en garantía de las expensas comunes. (*)

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 323/001 de 14/08/2001.
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