REGISTRO DE CLUBES DEPORTIVOS. REGULACION DE LAS SOCIEDADES ANONIMAS DEPORTIVAS




Promulgación: 14/06/2001
Publicación: 20/06/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 1647
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.292 de 25/01/2001 artículos 66, 67, 68, 69, 
70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82 y 83.

Artículo 16

 Anualmente se deberá comunicar al Registro de Clubes Deportivos 
cualquier cambio o modificación que se hubiese producido en la 
información brindada, sin perjuicio de las comunicaciones preceptivas que 
se deban realizar dentro de los plazos que determina la ley 17.292.
Ayuda