TITULO 4 - IMPUESTO A LAS RENTAS DE LAS ACTIVIDADES ECONOMICAS (IRAE)
Título sustituido (este Título regulaba el Impuesto a las Rentas de
la Industria y Comercio). CAPITULO X - CANALIZACION DEL AHORRO
Artículo 60-T4
Exoneración.- Las franquicias fiscales que se otorguen a las
actividades que se declaren de interés nacional, en forma total o parcial
comprenderán:
- Exoneración de todo tributo que grave las rentas de la empresa, así
como su distribución o adjudicación, sea cual fuere la forma como se
realice siempre que provenga de la parte del giro declarada de interés
nacional, de acuerdo a las previsiones del Decreto-Ley Nº 14.178, de 28
de marzo de 1974.
El monto y el plazo de las franquicias a que se refiere este artículo
serán establecidos por el Poder Ejecutivo previo dictamen de la unidad
asesora. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 3.
Reglamentado por: Decreto Nº 150/007 de 26/04/2007.
Ver en esta norma, artículo:69 - Título 4.
Ver en este TO 1996 (Decreto 338/996) de 28/08/1996 artículo 99 - Título
4 (concordancias y texto original del Título 4 - IRIC).