APROBADO POR DECRETO Nº 338/996




Promulgación: 28/08/1996
Publicación: 16/09/1996
Aprobado/a por: Decreto Nº 338/996 de 28/08/1996.

 
Reforma Tributaria -Ley Nº 18.083- (vigencia)

TITULO 10 - IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Artículo 34-T10

   Las Cooperativas Agrarias estarán exentas, en un 50% (cincuenta por
ciento) de todo gravamen, contribución, impuestos nacionales directos o
indirectos de cualquier naturaleza, con excepción del Impuesto al Valor
Agregado.(*)

Fuente: Decreto-Ley 15.645 de 17 de octubre de 1984, artículo 48º (Texto
parcial, integrado).

(*)Notas:
Consulte derogaciones, modificaciones e incidencias en la/s Norma/s 
FUENTE: Decreto Ley Nº 15.645 de 17/10/1984 artículo 48.
Reglamentado por: Decreto Nº 220/998 de 12/08/1998.
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