APROBADO POR DECRETO Nº 338/996


Documento actualizado durante su vigencia

Promulgación: 28/08/1996
Publicación: 16/09/1996
Aprobado/a por: Decreto Nº 338/996 de 28/08/1996.
Ver vigencia:
      T.O. 2023 (DGI) de 04/04/2024 (aprueba T.O. 2023),
      Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 113 (Ley de Reforma 
Tributaria).

Ver en esta norma, artículos: 79 - BIS Título 4 y 2 - Título 7 
(Incidencias posteriores a la aprobación del T.O. 2023).

TITULO 19 - IMPUESTO A LAS TRASMISIONES PATRIMONIALES

Artículo 10-T19

   La enajenación que efectúe el propietario de los padrones Nos. 42.392,
413.828 y 23.511, del departamento de Montevideo, a quienes fueran  
ocupantes al 16 de octubre de 1994, quedará exonerada de este impuesto. (*)

Fuente: Ley 16.601 de 16 de octubre de 1994, artículos 1º y 3º (Texto
parcial, integrado).

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 252/998 de 16/09/1998.
Referencias al artículo
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