MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL. PRESUPUESTO




Promulgación: 26/03/1934
Publicación: 30/05/1934
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1934
  •    Página: 711

Artículo 1

   Suprímense del Presupuesto General de Gastos en vigencia las planillas números 113, 114 y 125, correspondientes a: "Instituto de Pesca", "Dirección de Inmigración" y "Observatorio Nacional", respectivamente; los ítems números 2196 y 2197 de la planilla número 134, "Dirección de Hidrografía"; los ítems números 2209 al 2233 inclusive, de la planilla número 135, "Administración General de Faros", y los cargos de Director a $ 2.280.00 e Inspector a $ 1.104.00 del ítem número 2138 de la planilla número 126, "Oficina de Patentes de Invención".

Artículo 2

   Sustitúyense las planillas comprendidas en la Sección "B", Poder
Ejecutivo, capítulo IV, del Presupuesto General de Gastos en vigencia, por
las siguientes:

                             SECCION "B"

                           PODER EJECUTIVO

                             CAPITULO IV
 
                  Ministerio de Defensa Nacional 
                 
                          PLANILLA N.o 32 

                            Ministerio 

                                                        G A S T O S
                                     Parciales     Totales  Fijos  Variables
Sueldos:

1 Ministro                           $  7.200.00
1 Subsecretario                      "  5.100.00
1 Asesor de Historia y Arqueología
  Militares                          "  2.880.00
1 Director de Secciones              "  3.420.00
7 Jefes de Sección a $ 2.700
  cada uno. (El Jefe de la Sección
  "Identificación y Dactiloscopía"
  es, a la vez, profesor de Fotografía
  en las Escuelas Militar y Naval)   " 18.900.00	
3 Subjefes de Sección a $ 2.040.00 
  cada uno                           "  6.120.00  	
3 Oficiales de Sección a $ 1.920.00
  cada uno                           "  5.760.00 	
4 Oficiales de Secretaría de 1.a clase
  a $ 1.500.00 cada uno              "  6.000.00
4 Oficiales de Secretaría de 2a. clase
  a $ 1.380.00 cada uno              "  5.520.00    	
3 Oficiales de Secretaría de 3.a clase
  a $ 1.200.00	cada uno              "  3.600.00
1 Traductor                          "  1.500.00 			
4 Escribientes de 1.a clase a 
  $ 840.00 cada uno                  "  3.360.00	
4 Escribientes	de 2.a clase a 
  $ 720.00 cada uno                  "  2.880.00
10 Escribientes de 3.a clase a 
  $ 600.00 cada uno                  "  6.000.00
1 Técnico Dactiloscópico             "    720.00  $ 78.960.00  $ 78.960.00

   GABINETE MILITAR Y AYUDANTES DEL MINISTRO 

  Sueldos:

1 Coronel (Jefe del Gabinete y de Ayudantes) (planilla N.o 33)
4 Tenientes Coroneles o Mayores (ídem)
1 Capitán de Fragata o de Corbeta (planilla N.o 52)

   BIBLIOTECA Y REVISTA MILITAR Y NAVAL

  Sueldos:

1 Director de la Revista Militar y Naval y Biblioteca (planilla N.o 33)
1 Oficial Bibliotecario (ídem)
1 Oficial Administrador de la Revista Militar y Naval (ídem)

          Personal de servicio. - Sueldos:

1 Chauffeur (al vacar, pierde la 
  equiparación de tropa)           " 1.080.00
1 Conserje (ídem)                  "   902.00	
2 Telefonistas a $ 780.00 cada 
  uno (ídem)		               " 1.560.00 			
6 Ordenanzas a $ 720.00 cada uno	
(ídem)                             " 4.320.00 			
1 Chauffeur 	                    "   720.00  " 8.582.00  " 8.582.00 	
		
  Tropa. - Sueldos:

3 Soldados (planilla N.o 33)

                                 MUSEO MILITAR

  Sueldos:

1 Director (planilla N.o 33) 	
1 Auxiliar	                                  " 1.580.00  " 1.580.00

  Tropa. - Sueldos:

1 Soldado (planilla N.o 33) 
	
 ESGRIMA Y GIMNASIA PARA EL EJERCITO Y LA MARINA

  Sueldos:

1  Director e Inspector, asimilado a Coronel
  (al vacar, ocupará el cargo un Coronel)  $  4.200.00	
1  Maestro Subinspector de Esgrima,
   asimilado a Mayor                       "  2.700.00	
1  Maestro de 1.a categoría, asimilado
   a Capitán 	                            "  1.920.00
3  Maestros de 2.a categoría, asimilados a
   Teniente 1.o a pesos 1.500.00 cada uno  "  4.500.00	
22 Maestros de 3.a categoría, asimilados a
   Teniente 2.o a pesos 1.380.00 cada uno
   (de cada 2 vacantes, se llenará una sola,
   hasta llegar a suprimir 12 vacantes)    " 30.360.00                          
17 Maestros de 4.a categoría, asimilados a 
   Alférez a $ 1.200.00 cada uno (al vacar 
   se suprime la compensación)             " 20.400.00 $ 64.080.00 $ 64.080.00
		
   Compensaciones:

   Este personal recibirá las mismas compensaciones que los Oficiales del Ejército con destino, atendiéndose aquéllas con la partida "Para Restauración del Cuartel de Dragones y Calera de las Huérfanas".

   Personal de Oficina. - Sueldos:

1 Escribiente de 2.a clase, Sargento (planilla N.o 33)
Compensación: para 1 Escribiente de 2.a clase  	     " 120.00 " 120.00

   Gastos:

De locomoción para los Maestros de Esgrima y Gimnasia " 432.00       $ 432.00

                     COMISARIA DE GUERRA

   Sueldos:

1 Jefe, asimilado a Teniente Coronel .               $	3.420.00
1 Oficial 1.o, asimilado a Capitán 	             " 1.920.00
1 Auxiliar 1.o, asimilado a Teniente 1.o             "	1.500.00
1 Auxiliar 2.o, asimilado a Teniente 2.o             "	1.380.00
3 Auxiliares 3.os, asimilados a Alférez, a $
  1.200.00 c/u. (Al vacar se suprime la
  compensación)                            " 3.600.00 $ 11.820.00 $ 11.820.00

   Compensaciones:

   Este personal recibirá las mismas compensaciones que los Oficiales del Ejército con destino, atendiéndose aquéllas con la partida "Para Restauración del Cuartel de Dragones y Calera de las Huérfanas".

   Personal de servicio. - Sueldos:

1 Portero  	                                 " 600.00   " 600.00 

FORTALEZAS "SANTA TERESA", "SAN MIGUEL", "CERRO" Y PARQUE "SANTA TERESA"

   Sueldos:

1  Capataz 	
1  Capataz Encargado de las Plantaciones    "   960.00
  (cesará a la terminación de los trabajos) "   840.00	       
1  1.er Albañil                             "   840.00    	
1  2.o Albañil 	                        "   600.00
1  Carpintero 	                             "   600.00
2  Canteros, a $ 600.00 c/u                 " 1.200.00  	
1  Herrero                                  "   600.00 	
10 Obreros, a $ 600.00 c/u. (Cesarán a la
   terminación de los trabajos) 	        " 6.000.00 " 11.640.00 " 11.640.00

   Tropa. - Sueldos:

 30 Soldados (planilla número 33).

   Gastos:

De representación del Ministro          "    720.00  "     720.00	
De oficina 	                         "  1.200.00               "  1.200.00
De locomoción 	                         "    960.00               "    960.00
Locomoción para el Museo Militar 	     "    480.00               "    480.00
Para conservación de las Fortalezas
 "Santa Teresa", "San Miguel" y "Cerro" " 18.000.00               " 18.000.00
"Para restauración del Cuartel de
 Dragones y Calera de las Huérfanas" 	" 19.080.00               " 19.080.00
      
   Total de esta planilla 	         $ 218.254.00  $ 178.102.00 " 40.152.00

                             PLANILLA N.o 33

                          Personal del Ejército
                    
                                                    GASTOS
                                           Parciales  Totales Fijos Variables
 OFICIALES - 

   Sueldos:

1 Teniente General 	                      $   7.200.00 
7 Generales de División, a $ 5.160.00 c/u "  36.120.00 	
10 Generales de Brigada, a $ 4.800.00 c/u "  48.000.00
58 Coroneles, a $ 4.200.00 c/u            " 243.600.00  	
75 Tenientes Coroneles, a $ 3.420.00 c/u  " 256.500.00
120 Mayores, a $ 2.700.00 c/u             " 324.000.00 	
220 Capitanes, a $ 1.920.00 c/u           " 422.400.00   	
  164 Tenientes 1.os a $ 1.500.00 cada uno" 246.000.00
 84 Tenientes 2.os, a $ 1.380.00 c/u. .   " 115.920.00
 62 Alféreces, a $ 1.200.00 c/u.   "  74.400.00 $ 1.774.140.00 $ 1.774.140.00

   Compensaciones:

   Para todo Oficial, a razón de $ 1.200.00 
anuales para los Generales; $ 840.00 para
los Coroneles; $ 720.00 para los Tenientes
Coroneles; $ 600.00 para los Mayores; $ 480.00
para los Capitanes; $ 420.00 para los
Tenientes 1.os; $ 360.00 para los Tenientes
2.os y $ 300.00 para los Alféreces	        $	419.640.00  $	419.640.00 

   Tropa. - Sueldos:
   
 97 Sargentos 1.os, a $ 720.00 cada uno    $   69.840.00
465 Sargentos, a $ 528.00 c/u.	        "  245.520.00
799 Cabos, a $ 408.00 c/u.                 "	 325.992.00
 40 Apuntadores a $ 408.00 c/u.	        "   16.320.00
271 Distinguidos, a $ 300.00 c/u.	        "   81.300.00
112 Tambores, a $ 300.00	c/u	             "   33.600.00
133 Cornetas, a $ 300.00 c/u.  		   "   39.900.00
128 Trompas, a $ 300.00 c/u. 	             "	  38.400.00
180 Soldados del Regimiento "Blandengues de
    Artigas" de Caballería número 1 a
    $ 252.00. c/u  	                       "    45.360.00
4.415 Soldados, a $ 234.00 cada uno	   " 1.033.110.00
70 Aprendices, a $ 120.00 c/u        " 8.400.00 $ 1.937.742.00 $ 1.937.742.00

Sueldo progresivo para el personal de tropa 	   $	  200.000.00 $   200.000.00

   Total de esta planilla	                  $ 4.331.522.00 $ 4.331.522.00

                            PLANILLA N.o 33 "A"
                                                           GASTOS
                                           Parciales  Totales Fijos Variables

 INSTRUCCION PRIMARIA DEL EJERCITO

   Sueldos:

1 Maestro Inspector                          	$  2.700.00
21 Maestros de 1.a categoría a $ 828.00 cada uno  " 17.388.00	
14 Maestros de 2.a categoría a $ 720.00 cada uno 	" 10.080.00
   Las cuatro primeras vacantes de los Maestros de
   2.a categoría quedarán suprimidas en cuanto se
   produzcan Sueldos progresivos para los Maestros
   de Instrucción Primaria (ley 26 de Octubre de
   1926, artículo 2.o)                    " 4.000.00  $ 34.168.00 $ 34.168.00

                              BANDAS MILITARES

   Sueldos:

1  Inspector de Bandas, asimilado a Mayor   $ 2.700.00	
11 Maestros de Banda, asimilados a Teniente
   1.o a $ 1.500 c/u.                    $ 16.500.00 $ 19.200.00  $ 19.200.00

   PERSONAL ESPECIALISTA PARA LAS UNIDADES DEL EJERCITO

   Radiotelegrafistas. - Sueldos:

2 Radiotelegrafistas de 1.a clase, Tenientes 1.os
  o asimilados a $ 1.500.00 cada uno 	         $ 3.000.00              
3 Radiotelegrafistas de 2.a clase, Tenientes 2.os
  o asimilados a $ 1.380.00 cada uno             " 4.140.00 	
3 Radiotelegrafistas de 3.a clase, Alféreces o
asimilados a pesos 1.200.00 cada uno             " 3.600.00
2 Telegrafistas de 1.a clase, Sargentos 1.os a
  $ 720.00 cada uno                              " 1.440.00 	
4 Telegrafistas de 2.a clase, Sargentos a 
  $ 528.00 cada uno                              " 2.112.00 	
4 Telegrafistas de 3.a clase, Cabos a $ 408.00
  cada uno                                 " 1.632.00 " 15.924.00 " 15.924.00

   Palomeros. - Sueldos:

1 Director de Palomares, Teniente 1.o o
  asimilado 	                             "  1.500.00  
3 Encargados de Palomares, Sargentos o 
  asimilados a pesos 528.00 cada uno        "  1.584.00 	
3 Encargados de Palomares, Cabos o
  asimilados a $ 408 c/u                    "  1.224.00 " 4.308.00 " 4.308.00
  	
   Compensaciones:

   Para clases, soldados y asimilados a tropa
especialistas en comunicaciones
(Radiotelegrafistas, Telegrafistas, Palomeros,
etc.)                                                   " 3.180.00 " 3.180.00

                               PERSONAL OBRERO

   Sueldos: 

2 Mecánicos motoristas a $ 1.200.00 cada uno            $ 2.400.00
1 Mecánico Radioelectricista 	                          " 1.200.00
3 Mecánicos a $ 966.00 cada uno                         " 2.898.00
1 Artificiero	Pirotécnico 			                "   960.00
2 Oficiales Ajustadores Mecánicos a $ 828.00 cada uno 	 " 1.656.00
3 Talabarteros a $ 648.00 cada uno	. 	                " 1.944.00
3 Oficiales Talabarteros a $ 576.00 cada uno 		 " 1.728.00
1 Mecánico 			                               "   600.00
1 Carpintero	                                         "	600.00
4 Oficiales Carpinteros a $ 576.00 cada uno             " 2.304.00
1 Oficial Carpintero Carretero		                "   576.00
1 Albañil 		                                    "	576.00
1 Chauffeur 			                    " 576.00 " 18.018.00 " 18.018.00

                Total de esta planilla 	              $ 97.198.00 $ 97.198.00

 
                                PLANILLA N.o 34

                       Inspección General del Ejército

                                                              GASTOS
                                           Parciales  Totales Fijos Variables

   Sueldos:

1 Inspector General del Ejército (planilla N.o 33)
2 Ayudantes (Jefes) (ídem)

       SECRETARIA DE LA INSPECCION GENERAL

   Sueldos:

1 Jefe de Secretaría (Jefe) (planilla N.o 33)
2 Jefes de Sección (Jefes) (ídem)
4 Oficiales (ídem)
1 Auxiliar de 1.a clase, asimilado
  a Teniente 1.o	              $ 1.500.00
1 Auxiliar de 3.a clase, 
  asimilado a Alférez             " 1.200.00  " 2.700.00  " 2.700.00

   Personal obrero. - Sueldos:

1 Chauffeur 	                   $   960.00   
1 Chauffeur 	                   "   600.00 
1 Tipógrafo 	                   " 1.500.00
1 2.o Tipógrafo 	              " 1.200.00  " 4.260.00  " 4.260.00 

   Tropa.-  Sueldos:

1 Cabo (planilla N.o 33)
5 Soldados (ídem)

   Gastos:

  Del cargo del Inspector General
  del Ejército                    "   960.00   "  960.00
  De oficina, impresiones y
  eventuales de la Inspección
  General del Ejército y del
  Estado Mayor del mismo 	    " 1.600.00             " 1.600.00
  Para sostenimiento de automóviles
  del Inspector General  	    " 1.920.00             " 1.920.00
  Para viajes de inspección del 
  Inspector General  	         "   960.00             "   960.00
  Inspecciones e imprevistos	    " 1.200.00             " 1.200.00 
  Material de tiro y arrendamiento
  y servidumbre de polígonos 	    " 1.320.00             " 1.320.00

                  ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO 

  Sueldos:

1 Jefe del Estado Mayor del Ejército (planilla N.o 33) 	
1 Ayudante (Jefe) (ídem) 
	
  Oficina Central. - Sueldos:

1 Jefe de Oficina (Jefe) (planilla N.o 33) 	
2 Jefes de Sección (Jefes) (ídem) 	
2 Oficiales (ídem) 	

  Departamento de Campaña. - Sueldos:

1 Jefe del Departamento (1.er Subjefe del Estado Mayor General) (planilla N.o 33)

  1.a División. - Sueldos:

1 Jefe de División (Jefe) (planilla N.o 33)
2 Jefes de Sección (Jefes) (ídem) 
4 Oficiales de Sección (Jefes) (ídem)
4 Oficiales de Secretaría (ídem)

  2.a División. - Sueldos:

1 Jefe de División (Jefe) (planilla N.o 33)
2 Jefes de Sección (Jefes) (ídem)
2 Oficiales de Sección (Jefes) (ídem)
2 Oficiales de Secretaría (ídem)

  Departamento Territorial. - Sueldos:

1 Jefe del Departamento (2.o Subjefe del Estado Mayor General) (planilla N.o 33)

  3.a División. - Sueldos:

1 Jefe de División (Jefe) (planilla N.o 33)
2 Jefes de Sección (Jefes) (ídem)
2 Oficiales de Sección (Jefes) (ídem)
2 Oficiales de Secretaría (ídem)

  4.a División. - Sueldos:

1 Jefe de División (Jefe) (planilla N.o 33)
2 Jefes de Sección (Jefes) (ídem)
2 Oficiales de Sección (Jefes) (ídem)
2 Oficiales de Secretaría (ídem)

  Personal asimilado. - Sueldos:

2 Auxiliares de 1.a clase, asimilados a
  Teniente 1.o a pesos 1.500.00 cada uno $ 3.000.00 	
5 Auxiliares de 2.a clase, asimilados a
  Teniente 2.o a pesos 1.380.00 cada uno " 6.900.00
5 Auxiliares de 2.a clase, asimilados a
  Alférez, a pesos 1.200.00 cada uno     " 6.000.00  " 15.900.00  " 15.900.00
	
  Personal obrero. - Sueldos: 

1 Chauffeur                                          "    600.00  "   600.00 

  Tropa. - Sueldos:

8 Sargentos 1.os (planilla N.o 33), al vacar
  quedarán reducidos a 4. 
4 Sargentos (ídem)
7 Cabos (ídem), tres cargos serán llenados al
  producirse las tres primeras vacantes de Sargentos 1.os.
30 Soldados (ídem)

   Gastos:
 
  Para sostenimiento del automóvil del Jefe
  del Estado Mayor  	                    " 600.00                " 600.00
  Del cargo de Jefe del Estado Mayor  	     " 480.00  "  480.00

                             POLIGONO DE TIRO

   Sueldos:

1 Jefe (planilla N.o 33)
2 Instructores de Tiro (ídem)

  Personal de Oficina. - Sueldos:

1 Escribiente de 3.a clase (Cabo) (planilla N.o 33)
  Compensación: para el Escribiente  	           " 120.00 " 120.00

   Gastos:

  De oficina y eventuales  	                     "  96.00          "  96.00   
             Total de esta planilla        $ 31.516.00 $ 25.020.00 $ 6.496.00

                               PLANILLA N.o 35

                      Regiones Militares del 1 al 4
       
                                                               GASTOS
                                          Parciales  Totales Fijos Variables


   Personal militar. - Sueldos:

4 Jefes de Región (planilla N.o 33)
4 Jefes de Estado Mayor de Región (ídem)
8 Jefes de Sección, 2 para cada Región, (Jefes) (ídem)
8 Capitanes o Tenientes 1.os, 2 para cada Región (ídem)

   Clases y tropa. - Sueldos:

4 Sargentos (planilla N.o 33)
4 Cabos (ídem)
20 Soldados (ídem)

   Gastos:

De oficina y eventuales a $ 240.00 c/u       $    960.00           $   960.00
De viaje a $ 576.00 c/u  	               "  2.304.00           " 2.304.00
Del cargo de 4 Jefes de Región a $ 672.00 c/u"  2.668.00 $ 2.668.00
        Total de esta planilla 	          $  5.932.00 $ 2.668.00$ 3.264.00

                             PLANILLA N.o 36

                 Alta Corte de Justicia (miembros militares)
   Gastos:

Del cargo de 2 miembros militares a $ 672 cada uno  $  1.344.00 " 1.344.00
          Total de esta planilla 	                 $	1.344.00 $ 1.344.00

                             PLANILLA N.o 37

                  Consejo Supremo de Guerra y Marina 

   Personal militar. - Sueldos:

5 Ministros (planilla N.o 33)
1 Abogado Asesor (ídem). Cuando sea civil, percibirá pesos 2.400.00 anuales. 
1 Secretario, Teniente Coronel o Mayor (ídem)
1 Auxiliar (ídem)

 Personal de servicio - Sueldos:

1 Notificador                       $ 600.00
1 Ordenanza					 " 600.00	
1 Portero 					 " 600.00 $ 1.800.00 $ 1.800.00	
							
   Gastos:

Del cargo del Presidente del Consejo $	  672.00     " 672.00
De oficina y eventuales 	 	       "    192.00                 $  192.00
   Total de esta planilla 	       $	2.664.00   $ 2.472.00    $  192.00

                               PLANILLA N.o 38

                       Consejo de Guerra Permanente

   Personal militar. - Sueldos:

3 Jueces (planilla N.o 33)				
1 Asesor Letrado (ídem). Cuando sea civil, percibirá pesos 2.400.00 anuales
1 Secretario, Teniente Coronel o Mayor (ídem)				
1 Auxiliar 1.o (ídem)				
3 Defensores Militares (ídem)
				
   Personal de servicio. - Sueldos:
				
1 Ordenanza				      $   600.00
1 Portero				           "   600.00  $ 1.200.00 $ 1.200.00

   Gastos:

Del cargo del Presidente del Consejo	      "    480.00 "   480.00
De oficina y eventuales  	                "    192.00            $ 192.00   
       Total de esta planilla 	           $  1.872.00 " 1.680.00 $ 192.00
 
                             PLANILLA N.o 39

                      Juzgado Militar de Instrucción

   Personal militar.-  Sueldos:

2 Jueces (planilla N.o 33)
2 Secretarios (ídem)
2 Auxiliares 2.os (ídem)

   Personal de servicio.- Sueldos:	

1 Ordenanza	..........           $ 600.00		
1 Portero 		                " 600.00  $ 1.200.00  $ 1.200.00

   Gastos:
	
Del cargo de 2 Jueces a $ 672.00 cada uno     $ 1.344.00  " 1.344.00
De oficina                                    "   192.00           $   192.00
                Total de esta planilla  	 $ 2.736.00  $ 2.544.00 $ 192.00

                            PLANILLA. N.o 40
 
                          Fiscalías Militares

   Personal militar. - Sueldos:

2 Fiscales, Oficiales Superiores (planilla N.o 33)
2 Auxiliares, Mayores o Capitanes (ídem)

   Personal de servicio. - Sueldos:

1 Portero 	                               $   600.00  $ 600.00

   Gastos:

Del cargo de 2 Fiscales a $ 672.00
cada uno                                      $ 1.344.00 " 1.344.00  	
De oficina y eventuales 	                     "   192.00            $  192.00

        Total de esta planilla                $ 2.136.00 $ 1.944.00 $  192.00

                            PLANILLA  N.o 41

          Comisión Calificadora de Servicios Militares e Inspección de Armas

   Personal militar. - Sueldos:

5 Oficiales Superiores (2 por lo menos, serán Generales (planilla N.o 33)	
1 Secretario. Teniente Coronel o Mayor (planilla N.o 33)				
1 Auxiliar, Mayor o Capitán (ídem)
				
   Tropa. - Sueldos:				

1 Sargento, Escribiente (planilla N.o 33)
				
   Tropa. - Compensaciones:
				
1 Sargento, Escribiente    $ 120.00    $ 120.00
		
   Gastos:
		
Del cargo de 5 miembros a $ 480.00				
cada uno 					     $ 2.400.00 $ 2.400.00
De locomoción e inspección         "   480.00			$ 480.00		
De oficina y eventuales 			"   192.00               " 192.00 		
				
          Total de esta planilla	$ 3.192.00 $ 2.520.00    $ 672.00
				
				     PLANILLA N.o 42

                  Instituto Geográfico Militar

 Personal militar. - Sueldos:

1 Director (planilla N.o 33)
1 Jefe del Personal y Administración (ídem)
1 Jefe Sección Geodesia (ídem)
1 Jefe Sección Topografía (ídem)
1 Dibujante Cartógrafo (ídem)
1 Calculista (ídem)
3 Operadores de Geodesia (ídem)
5 Operadores de Topografía (ídem)
5 Ayudantes (ídem)
8 Subayudantes (ídem)

   Personal de oficina.- Sueldos:

1 Archivero 	                       $	1.500.00
1 Dibujante de 1.a  	             " 1.500.00
3 Dibujantes de 2.a, a $ 1.380.00
  cada uno (al producirse la primera
  vacante, el sueldo será de 
  $ 1.200.00)	                       " 4.140.00
1 Auxiliar Contador	                  "	1.380.00
1 Encargado de aparatos 	 	        " 1.200.00
1 Calculista Auxiliar                 "	1.200.00   $ 10.920.00  $ 10.920.00

   Tropa.- Sueldos:	

1 Sargento 1.o Dibujante (planilla N.o 33)
1 Sargento 1.o Auxiliar (ídem)		
1 Sargento Calculista (ídem)		
8 Sargentos Auxiliares(ídem)		
1 Cabo Calculista (ídem)		
10 Cabos Auxiliares (ídem)		
1 Cabo Escribiente (ídem)		
1 Cabo conductor (ídem)		
82 Soldados (ídem)
		
   Tropa.-  Compensaciones:

1 Sargento 1.o Auxiliar 	                      $   180.00		
1 Sargento Calculista 			            "   120.00 
8 Sargentos Auxiliares a $ 144.00 cada uno " 1.152.00		
1 Cabo Calculista 	                     "   120.00
10 Cabos Auxiliares a $ 144.00 cada uno  " 1.440.00
1 Cabo Escribiente 	                     "	180.00
1 Cabo Conductor	                     "   120.00
2 Soldados a $ 204.00 cada uno 	      "   408.00
1 Soldado 	                          "   144.00
79 Soldados a $ 96.00 cada uno           " 7.584.00  $ 11.448.00  $ 11.448.00

   Gastos:

Del cargo del Director 	                "   480.00   " 480.00
Utiles, gastos de oficina, etc. 	      "   960.00              $   960.00
Locomoción, inspecciones, etc.           "   960.00              "   960.00
Asignaciones extraordinarias 	           " 1.248.00              " 1.248.00 
Mesa para 24 Oficiales que trabajan en
campaña a $ 144.00 cada uno 	           " 3.456.00              " 3.456.00
Imprevistos, 8 Brigadas a $ 300.00     
cada una                                 " 2.400.00              " 2.400.00
Para material científico 	           "   960.00              "   960.00  

           Total de esta planilla 	    $ 32.832.00 $ 22.848.00   $ 9.984.00

                             PLANILLA N.o 43

                             Arsenal de Guerra

   Personal militar. - Sueldos:

1 Jefe (planilla N.o 33)
1 2.o Jefe (ídem)
1 Jefe Almacén de Armas Portátiles (ídem)
1 Jefe Almacén de Artillería (ídem)
1 Jefe Gabinete de Química (ídem)
1 Jefe Control de Armamentos (ídem)
1 Jefe Almacén de Explosivos (ídem)
1 Contador (ídem)
1 Capitán (ídem)
7 Tenientes 1.os (ídem)

   Personal de Oficina. - Sueldos:
			
6 Escribientes de 1.a clase a $ 600.00
  cada uno	                        $ 3.600.00	 
1 Escribiente de 2.a clase ......	    "   480.00  $ 4.080.00  $ 4.080.00
			
					
   Personal técnico especialista. - Sueldos:

1 Jefe de Talleres 	                               $ 2.700.00  " 2.700.00

   Personal obrero.- Sueldos:

 2 Maestros Armeros a $ 1.500.00 cada uno                    $  3.000.00 	
10 Oficiales Armeros de 1.a clase a $ 1.200.00 cada uno 	 " 12.000.00
 1 Oficial Armero de 2.a clase 	                          "    960.00
 4 Oficiales Armeros de 3.a clase a $ 746.40 cada uno 	      "  2.985.60 
 5 Oficiales Armeros de 4.a clase a $ 600.00 cada uno 	      "  3.000.00
 2 Oficiales Ajustadores de 1.a clase a $ 1.380.00 cada uno  "  2.760.00 
 2 Oficiales Ajustadores de 2.a clase a $ 1.200.00 cada uno  "  2.400.00
 1 Oficial Ajustador de 3.a clase 	                          "    746.00       
 1 Maestro Carpintero Carretero 	                          "  1.380.00 
 1 Oficial Carpintero de 1.a clase 	                     "    686.40
 1 Oficial Carpintero de 2.a clase 	                     "    600.00
 1 Medio Oficial Carretero                                   "    600.00  
 1 Maestro Carpintero 	                                    "  1.380.00 
 1 Oficial Carpintero (Obra Blanca)                          "    780.00 
 1 Oficial Carpintero 	                                    "    600.00
 1 Maestro Herrero 	                                         "  1.380.00
 1 Oficial Herrero de 1.a clase 	                          "    746.40 
 1 Oficial Herrero de 2.a clase 	                          "    600.00 
 1 Medio Oficial Herrero 	                               "    600.00
 1 Oficial Albañil 	                                         "    746.40
 1 Chauffeur 	                                              "    720.00
 1 Chauffeur 	                                              "    600.00 
 1 Maestro Talabartero 	                                    "  1.380.00
 6 Oficiales Talabarteros a $ 600.00 cada uno 	           "  3.600.00 
 2 Artificieros de 1.a clase a $ 600.00 cada uno 	           "  1.200.00
14 Artificieros de 2.a clase a $ 600.00 cada uno             "  8.400.00  
 1 Artificiero de 3.a clase 	                               "    600.00 
 1 Foguista                                                  "    600.00
10 Peones a $ 600.00 cada uno 	                          "  6.000.00  
20 Aprendices a $ 600.00 cada uno (al vacar,
   percibirán pesos 240.00 cada uno)      " 12.000.00 " 73.051.20 " 73.051.20

   Personal de servicio.- Sueldos:

2 Ordenanzas a $ 600.00 cada uno	                    " 1.200.00  " 1.200.00
 
   Gastos:

Del cargo del Jefe                        "    480.00  "   480.00	
Locomoción para el Jefe 	                 "    480.00             $    480.00
De oficina y eventuales                   "    480.00             "    480.00  
Materiales y reparación de herramientas	  "  5.760.00             "  5.760.00
Material de tiro para el Ejército 	       "  1.200.00             "  1.200.00
Jornales 	                                "  4.320.00             "  4.320.00   

           Total de esta planilla 	       $ 93.751.20 $ 81.511.20 $ 12.240.00

                            PLANILLA N.o 44

                            Escuela Militar

   Personal militar. - Sueldos:

1 Director, General o Coronel (planilla N.o 33)
1 Subdirector y Director de Estudios, Teniente Coronel o Mayor (ídem)
1 Capitán Ayudante (ídem)
1 Capitán Jefe de Administración y Personal (ídem)
1 Teniente 1.o Ayudante del Director (ídem)
1 Teniente 1.o Ayudante del Subdirector (ídem)
1 Mayor, Jefe del Cuerpo (ídem)
1 Capitán, Jefe de Curso de Infantería (ídem)
1 Capitán, Jefe del Curso de Artillería (ídem)
1 Capitán, Jefe del Curso de Caballería (ídem)
1 Capitán, Jefe del Curso de Ingenieros (ídem)
1 Capitán, Jefe del Curso de Aspirantes (ídem)
5 Instructores de Infantería, Tenientes 1.os o Tenientes 2.os (ídem)
1 Instructor de Artillería, Teniente 1.o o Teniente 2.o (ídem)
1 Instructor de Caballería, Teniente 1.o o Teniente 2.o (ídem)
     Personal de oficina. - Sueldos:

1 Guardalibros, Encargado de la 
  Contabilidad                             $ 1.680.00	
1 Ecónomo 		                       " 1.200.00	
1 Encargado de Gabinetes y Material de
  Enseñanza	                            " 1.200.00
1 Bedel	                                 " 1.200.00
3 Auxiliares a $ 1.200.00 cada uno 	   " 3.600.00
3 Archivistas Dactilógrafos a $ 600.00
  cada uno                                 " 1.800.00 $ 10.680.00 " 10.680.00
			
   Personal obrero.- Sueldos:		
		
1 Tipógrafo de 1.a clase		             $ 1.200.00
1 Mecánico Electricista		             "   600.00
1 Peluquero 		                       "   600.00
1 Carpintero	                            "	  600.00
1 Albañil 			                  "   600.00
1 Pintor 			                       "   480.00
1 Talabartero 			                  "   600.00
1 Encargado de Costura y Lavado		   "   600.00
1 Tipógrafo de 2.a clase		             "   480.00
1 Encuadernador 			             "   480.00
1 Jardinero 			                  "   360.00 " 6.600.00  "  6.600.00

   Personal docente. - Compensaciones:

22 Profesores a $ 840.00 cada uno        $ 18.480.00
   Suplemento para el Médico, que debe 
   dar clase de "Higiene Militar" 	      "    600.00
   Dietas para Profesores e Instructores "  6.000.00  " 25.080.00 " 25.080.00

   Personal docente. - Sueldos:

1 Profesor de Inglés, que debe dar también 			
  clases en el Ejército 				 $  1.920.00
1 Profesor de Francés, que debe dar también
  clases en el Ejército 	                "  1.920.00  "  3.840.00 "  3.840.00
			
   Personal de servicio. - Sueldos:

1 1.er Cocinero	                     $   720.00
1 2.o Cocinero	                          "   600.00
4 Ayudantes de Cocina a $ 300.00 cada    
  uno                                    " 1.200.00
1 Enfermero  	                          "   480.00
10 Sirvientes de 1.a clase a $ 360.00 
   cada uno  	                          " 3.600.00
20 Sirvientes de 2.a clase a $ 300.00 
   cada uno	                          " 6.000.00
6 Caballerizos a $ 252.00 cada uno	      " 1.512.00  " 14.112.00 " 14.112.00

                                   ALUMNOS

   Ejército. - Sueldos:

120 Cadetes a $ 120.00 cada uno 	$ 14.400.00
 90 Aspirantes a $ 60.00 cada uno	"  5.400.00       " 19.800.00 " 19.800.00

   Tropa. - Sueldos:
 
 1 Sargento 1.o (planilla N.o 33)
 3 Sargentos (ídem)
 4 Cabos (ídem)
 8 Cornetas (ídem) 
 8 Tambores (ídem)
 2 Trompas (ídem)
13 Soldados (Ordenanzas de Picadero, Ordenanzas y Serenos) (ídem)

   Tropa. (Para conservación del Estadio Militar). - Sueldos:

 1 Cabo (planilla N.o 33)
 4 Soldados (ídem)

   Gastos:

 Del cargo del Director 				$	480.00 "  480.00	
 De oficina, material de impresiones,
  mantenimiento y fomento de la Biblioteca				
  y gabinetes, talleres y obras 		"  1.440.00                $ 1.440.00
 Locomoción de carácter docente y 			
  administrativo 					"    960.00 	            "   960.00 	
      Total de esta planilla            $ 82.992.00 $ 80.592.00    " 2.400.00				
								
                             PLANILLA N.o 45

                      Escuela Militar de Aplicación 
   
   Personal militar. - Sueldos:

1 Director (planilla N.o 33)	
1 Subdirector (ídem)	
1 Jefe de Administración del Personal (ídem)	
1 Capitán Ayudante (ídem)	
3 Capitanes o Tenientes 1.os (ídem)	
3 Teniente 1.o Subayudante (ídem)	

   Personal docente. - Compensaciones:	

4 Profesores, Jefes de Cursos a $ 840.00
  cada uno                               $ 3.360.00 		
8 Profesores a $ 720.00 cada uno         " 5.760.00  		
4 Repetidores a $ 480.00 cada uno 	      " 1.920.00 " 11.040.00   " 11.040.00	
   Personal de oficina. - Sueldos:

1 Ecónomo 	                          $ 1.200.00
1 Dibujante 	                          " 1.200.00 "  2.400.00   "  2.400.00

   Personal obrero. - Sueldos:

1 Mecánico 		                     $ 1.200.00
1 Litógrafo 		                     " 1.200.00  
1 Transportista 		                "   600.00
1 Albañil		                          "   660.00
1 Carpintero 			                "   660.00
1 Talabartero 			                "   648.00
1 Maquinista 			                "   480.00
1 Herrero		                          "   480.00
2 Chauffeurs a $ 600.00 cada uno		 " 1.200.00  " 7.128.00   "  7.128.00

   Personal de servicio. - Sueldos:

1 Cocinero  	                                      "   600.00   "    600.00

   Tropa. - Sueldos:

1 Sargento 1.o (planilla N.o 33)
5 Sargentos, Escribientes (ídem)
6 Sargentos, Encargados de Depósitos(ídem)
4 Sargentos (ídem)
18 Cabos (ídem)
2 Cornetas (ídem)
1 Tambor (ídem)
37 Soldados (ídem)
35 Ordenanzas, Caballerizos y Sirvientes a
$ 234.00 cada uno 	                     $ 8.190.00   " 8.190.00

   Gastos:
	
Del cargo del Director 		           "   480.00    "  480.00
De oficina, impresiones y eventuales 	 "   691.00                $   691.00
De locomoción 		                     " 1.024.00                " 1.024.00
Servicio de peluquería 		           "   360.00                    360.00

         Total de esta planilla 	      $ 31.913.20  $ 29.838.00  $ 2.075.20

                           PLANILLA N.o 46

                   Escuela Militar de Aviación

   Personal militar. - Sueldos:

1 Director, Aviador Militar (planilla N.o 33)
8 Instructores, Aviadores Militares (ídem) 
3 Pilotos de Escuadrilla (ídem)
1 Teniente 1.o (ídem)

   Personal técnico especialista. - Sueldos:

1 Radiotelegrafista	                   $  1.380.00
1 Fotógrafo  	                        "  1.200.00  $ 2.580.00   $ 2.580.00

   Tropa. - Sueldos:

2 Sargentos 1.os (planilla N.o 33)
3 Sargentos (ídem)
1 Sargento Encargado del Depósito de Materiales (ídem)
1 Sargento Ayudante de Fotógrafo (ídem)
1 Sargento Telegrafista (ídem)
1 Sargento Escribiente (ídem)
1 Sargento Enfermero (ídem)
2 Cabos Escribientes (ídem)
1 Cabo Cocinero (ídem)
3 Cabos Conductores (ídem)	
16 Cabos (ídem)	
3 Cornetas (ídem)	
1 Tambor (ídem)	
105 Soldados (ídem)	
20 Aprendices (ídem)

   Compensaciones:
	
1- Sargento Encargado del Depósito de
   Materiales                              $   96.00 		
1 Sargento Ayudante de Fotógrafo	        "   96.00 
1 Sargento Telegrafista 		             "   96.00  
1 Sargento Escribiente		             "   96.00
1 Sargento Enfermero 		             "   96.00
2 Cabos Escribientes a $ 96.00 cada uno	   "  192.00
1 Cabo Cocinero		                  "   96.00   
3 Cabos Conductores a $ 96.00 cada uno	   "  288.00  " 1.056.00   " 1.056.00 

                                 TALLERES

   Personal técnico especialista. - Sueldos:

1 Jefe de Talleres 	                       $	2.400.00
1 Jefe de Taller de Construcciones
  Aeronáuticas	                            " 2.160.00 " 4.560.00   " 4.560.00

   Personal obrero. - Sueldos:

2 Mecánicos Motoristas, Jefes de Sección
a $ 1.380.00 cada uno 	                  $ 2.760.00
2 Mecánicos Especialistas a $ 1.200.00     
cada uno 	                                 " 2.400.00
3 Mecánicos de 1.a clase a $ 1.200.00 
  cada uno                                 " 3.600.00 	
1 Mecánico de 2.a clase 	                  "   900.00
1 Mecánico Tornero Fresador 	             " 1.200.00
1 Mecánico Tornero de 1.a clase            " 1.200.00        
1 Mecánico Herrero Fraguador 	             " 1.380.00
4 Carpinteros Especialistas a $ 1.380.00
cada uno 	                                 " 5.520.00  
4 Carpinteros de 1.a clase a $ 1.200,00  
cada uno 	                                 " 4.800.00
4 Mecánicos de 3.a clase a $ 600.00 
  cada uno                                 " 2.400.00 	
1 Mecánico Tornero de 2.a clase 	        "   600.00
4 Carpinteros de 2.a clase a $ 600.00
  cada uno                                 "	2.400.00 " 29.160.00 " 29.160.00

   Gastos:

Del cargo del Director 	                 "   480.00  "   480.00
Del cargo de 8 Instructores Aviadores 
 Militares a $ 480 c/u.   	            " 3.840.00  " 3.840.00
De construcción de talleres y de material
  de construcción aeronáutica             " 6.080.00              "  6.080.00
Servicio de peluquería 	                 "   384.00              "    384.00

                  Total de esta planilla  $ 48.140.00 $ 41.676.00 $  6.464.00

                            PLANILLA N.o 47

                       Escuela Superior de Guerra

   Personal militar.- Sueldos:

1 Director, Oficial Diplomado de E. Mayor (planilla N.o 33)
1 Subdirector, Oficial Diplomado de Estado Mayor (ídem)
1 Capitán Ayudante (ídem)
1 Teniente 1.o (ídem)

   Tropa. - Sueldos:

1 Sargento Dibujante (planilla N.o 33)
2 Cabos (ídem)
2 Cabos, conductores de autos (ídem) 
4 Soldados, Ordenanas (ídem) 
4 Soldados, Caballerizos (ídem)

   Gastos:

Del cargo del Director 	                  $    480.00 "  480.00  
Dieta para Profesores 	                  "  4.200.00           $ 4.200.00   
De oficina 	                            "    576.00           "   576.00  
Locomoción 	                            "    576.00           "   576.00
Impresiones, Biblioteca y Gabinete 	   "    288.00           "   288.00
Viajes de estudio (Táctica General, Estado
 Mayor e Historia y Geografía Militares
 Aplicadas) 	                            "    500.00           "   500.00

          Total de esta planilla           $	 6.620.00  $ 480.00 $ 6.140.00

                            PLANILLA N.o 48

               Escuela de Especialización de Ingenieros

   Personal militar. - Sueldos:

1 Director (planilla N.o 33) 
4 Oficiales Profesores (ídem)
4 Oficiales Instructores (ídem)

   Tropa. - Sueldos:

4 Soldados (planilla N.o 33) 

   Gastos:

Locomoción de instrucción, material de enseñanza,
 oficina, impresiones, etc.                       $  960.00         $ 960.00

      Total de esta planilla  	               $  960.00         $ 960.00
 
 NOTA: - A objeto de hacer más económica, práctica y útil la enseñanza de estos Cursos, se aprovechará cuanto sea menester (clases, gabinetes, prácticas, etc.) de la Universidad, Escuelas Industriales, Arsenales, Usinas, Ferrocarriles y demás Instituciones del Estado.

                                PLANILLA N° 49

              Dirección de los Servicios de Radiocomunicaciones

   DIRECCION

   Personal militar. - Sueldos:

1 Director (planilla N.o 33). Siempre que este cargo sea desempeñado por un
  técnico civil, percibirá solamente $ 4.200.00 anuales de sueldo, sin
  derecho a compensación alguna.

   Personal de oficina.- Sueldos:

1 Subdirector    	                     $  2.700.00	
1 Contador	                          "  1.920.00
1 Auxiliar 1.o Encargado de Tesorería	 "  1.500.00
1 Dibujante de 3.a                       "  1.200.00
3 Auxiliares 3.os a $ 1.200.00 cada uno	 "  3.600.00
1 Auxiliar 4.o, $ 840.00; este sueldo se
  abona con proventos de la Dirección.
2 Escribientes de 1.a clase a $ 600.00
cada uno  	                          "  1.200.00 $ 12.120.00  $ 12.120.00

   Personal especialista. - Sueldos:

1 Jefe de Telégrafo, Radiotelegrafista de
 1.a clase. Además del sueldo, percibirá
 $ 540.00 anuales, con cargo a "Proventos" $ 1.500.00	 
1 Jefe de Conservación de Estaciones. 
 Además de su sueldo, percibirá $ 540.00
 anuales, con cargo a "Proventos" 	        " 1.500.00
1 Ayudante Instructor. Además de su sueldo, 
  percibirá $ 540.00 anuales, con cargo a
  "Proventos"                              " 1.500.00 	
2 Radiotelegrafistas de 2.a clase, de
 reemplazo a $ 1.380.00 c/u                " 2.760.00
1 Telegrafista de 2.a clase                " 1.380.00 	
1 Electricista de 1.a clase 	             " 1.380.00
4 Telegrafistas de 3.a clase a $ 1.200.00  
cada uno 	                                 " 4.800.00
1 Ayudante Electricista                    " 1.200.00
1 Inspector de Estaciones de Aficionados, 
 $ 1.200.00. Este sueldo se abona con
 "Proventos"                                          " 16.020.00 " 16.020.00

   Personal de servicio. - Sueldos:

1 Chauffeur	                     $   600.00
2 Porteros a $ 600.00 cada uno  	 " 1.200.00
8 Mensajeros a $ 600.00 cada uno	 " 4.800.00   " 6.600.00  " 6.600.00

                          ESTACION CERRITO

   Personal militar.- Sueldos:
	
1 Jefe (planilla N.o 33)
	
   Personal de oficina. - Sueldos:	

2 Escribientes de 1.a clase a $ 600.00 cada uno        " 1.200.00  " 1.200.00		
   Personal especialista. - Sueldos:	

1 Jefe Control, Radiotelegrafista de 1.a clase;
  percibirá, además de su sueldo, $ 540.00 anuales,
  con cargo a "Proventos"	                    $ 1.500.00
4 Radiotelegrafistas de 1.a clase a $ 1.380.00	
 cada uno                                         " 5.520.00 
4 Radiotelegrafistas de 2.a clase a $ 1.200.00
 cada uno. Además de su sueldo, cada uno percibirá
 $ 48.00 anuales, con cargo a "Proventos" 	     " 4.800.00
2 Mecánicos Electricistas, Ayudantes a $ 1.200.00
 cada uno                                  " 2.400.00 " 14.220.00 " 14.220.00 		
	
   Personal de servicio. - Sueldos:

1 Chauffeur  	                        $  600.00
1 Portero	                             "  600.00
1 Peón	                             "  600.00      " 1.800.00   " 1.800.00

   Talleres.- Sueldos:

1 Jefe Electricista	                   $ 1.500.00	
1 Jefe Mecánico 		              " 1.500.00	
2 Ayudantes Mecánicos a $ 1.200.00
  cada uno	                        " 2.400.00	
1 Carpintero 		                   "   828.00	
1 Aprendiz Electricista	              "   600.00	
3 Aprendices Mecánicos a $ 600.00 cada		
uno 			                        " 1.800.00  " 8.628.00     " 8.628.00 
		
                      ESTACION "PASO DE LOS TOROS"

   Sueldos:

1 Telegrafista de 1.a clase            $ 1.380.00  
1 Telegrafista de 2.a clase		    " 1.200.00				
1 Peón 						    "   600.00  " 3.180.00     " 3.180.00
											
                              ESTACION "RIVERA"

   Sueldos:						

1 Telegrafista de 1.a clase            $ 1.380.00 
1 Telegrafista de 2.a clase		    " 1.200.00	
1 Peón 						    "   600.00  " 3.180.00     " 3.180.00
						
                               ESTACION "ROCHA"

   Sueldos:

1 Telegrafista de 2.a clase                        " 1.200.00     " 1.200.00 	
                                VAPOR "OYARVIDE"

   Sueldos:

1 Telegrafista de 2.a clase                       " 1.008.00      " 1.008.00

   Gastos:

Impresiones y útiles 	                         "   432.00      "   432.00
Reparaciones y gastos de taller 	               " 1.200.00      " 1.200.00 
De luz y limpieza de las estaciones 	          "   528.00      "   528.00 
Eventuales y de comisión del personal 	          "   576.00      "   576.00 
Bencina, aceite y estopa 	                    " 2.800.00      " 2.800.00
De locomoción e inspecciones del Director y
 personal 	                                   " 1.440.00      " 1.440.00 
Mantenimiento y reparaciones                      "   960.00      "   960.00
Servicio telefónico 	                         "   220.00      "   220.00
Para pago de contratos de trabajo para 
 inspecciones de estaciones de radiodifusión,
 $ 1.200.00 anuales. (Se atenderá con cargo a
 "Proventos").

             Total de esta planilla 	  $ 77.312.00 $ 69.156.00  $ 8.156.00

                                PLANILLA N.o 50

                            Construcciones Militares

   Personal militar. - Sueldos:

1 Arquitecto Jefe (planilla N.o 33)
1 Arquitecto 2.o Jefe (planilla N.o 33). Cuando sea
 civil, su asignación será de $ 3.000.00 anuales.
1 Arquitecto Ayudante (planila N.o 33). Cuando sea
 un civil, su asignación será de $ 2.400.00 anuales.

   Personal de oficina. - Sueldos:

1 Sobrestante Jefe (al vacar, se sustituirá
por un Sobrestante con un sueldo de	
$ 1.920.00 anuales) 		              $ 2.700.00
1 Auxiliar 1.o 		                   " 1.920.00
1 Dibujante de	1.a  	                   " 1.500.00
1 Auxiliar 2.o                              " 1.380.00
1 Auxiliar 3.o             		         " 1.200.00
2 Ayudantes Sobrestantes a $ 1.200.00		
cada uno 	                                " 2.400.00  $ 11.100.00 $ 11.100.00

   Personal obrero. - Sueldos:
	
2 Albañiles a $ 1.200.00 cada uno 		    $ 2.400.00
1 Carpintero (se suprime al vacar) 	    " 1.200.00 " 3.600.00  " 3.600.00
	
   Gastos:

Compensación por función del Arquitecto	Jefe "   480.00  " 480.00 		
Locomoción e inspecciones 		          " 1.440.00           $ 1.440.00
De oficina y eventuales 		               "   384.00               384.00
De útiles de carácter técnico 		     "   384.00               384.00
                 Total de esta planilla   $ 17.388.00 $ 15.180.00 $ 2.208.00   

                              PLANILLA N.o 51

     Servicio Veterinario y de Remonta y Dirección de los Campos Militares

   Personal militar. - Sueldos:

1 Jefe (planilla N.o 33).
1 2.a Jefe (ídem).
2 Jefes de Campo (ídem).

   Personal técnico. - Sueldos:

4 Médicos Veterinarios, asimilados
 a Capitán a $ 1.920.00 c/u  	     $ 7.680.00
1 Auxiliar de Farmacia 	          " 1.200.00   $ 8.880.00         $ 8.880.00

   Personal de oficina. - Sueldos:

1 Auxiliar 1.o                                  " 1.500.00         " 1.500.00 	
   Personal de servicio. - Sueldos:

1 Chauffeur                                     "   720.00         "   720.00 	
   Tropa. - Sueldos:

5 Herradores de 1.a clase a $ 720.00
 cada uno, Sargentos 1.os               $ 3.600.00
4 Sargentos Escribientes (planilla 
  N.o 33)
5 Capataces de los Campos Militares,
 Sargentos 1.os o asimilados a $ 
 720.00 cada uno                        $ 3.600.00           	
6 Herradores de 2.a clase, Sargentos
 a $ 528.00 cada uno 	               $ 3.168.00 
4 Cabos Escribientes (planilla N.o 33)
14 Herradores de 3.a clase, Cabos a $ 
408.00 cada uno 	                   " 5.712.00 
40 Peones a $ 234.00 cada uno 	    " 9.360.00  " 25.440.00  "25.440.00 

  Personal obrero. - Sueldos:

1 Maestro Herrador 	                   " 1.380.00  "  1.380.00
 
   Gastos:

De oficina y eventuales 	                        "    192.00  "    192.00   
Locomoción e inspecciones 	                   "  1.440.00  "  1.440.00 
Medicamentos y material de cirugía y curaciones  "  2.936.00  "  2.936.00 	

             Total de esta planilla $ 42.488.00  $ 37.920.00  $  4.568.00
 
                               PLANILLA N.o 52

               Personal de la Inspección General de Marina

         "A" OFICIALES

   Cuerpo General. - Sueldos:

1 Contraalmirante                   $  4.800.00 	
8 Capitanes de Navío a $ 4.200.00
  cada uno                          " 33.600.00 	
20 Capitanes de Fragata a $ 3.420.00
   cada uno                        " 68.400.00 
18 Capitanes de Corbeta a $ 2.700.00
   cada uno                         " 48.600.00 	
24 Tenientes de Navío a $ 1.920.00
   cada uno                         " 46.080.00
23 Alféreces de Navío a $ 1.500.00
   cada uno                         " 34.500.00
15 Guardias Marinas a $ 1.380.00  
   cada uno                         " 20.700.00	$ 256.680.00   $ 256.680.00

   Cuerpo Auxiliar "Máquinas". - Sueldos:

1 Capitán de Fragata                $  3.420.00		
2 Capitanes de Corbeta a $ 2.700.00
  cada uno                          "  5.400.00
8 Tenientes de Navío a $ 1.920.00
  cada uno  	                     " 15.360.00
9 Alféreces de Navío a $ 1.500.00
  cada uno	                     " 13.500.00
11 Guardias Marinas a $ 1.380.00
   cada uno                         " 15.180.00    " 52.860.00   "  52.860.00

   Cuerpo Auxiliar "Administración" (Asimilados). - Sueldos:

2 Capitanes de Corbeta a $ 2.700.00
  cada uno                          $  5.400.00                      		
4 Tenientes de Navío a $	1.920.00
  cada uno                          "  7.680.00
2 Alféreces de Navío a $	1.500.00
  cada uno                          "  3.000.00
3 Guardias Marinas a $ 1.380.00
  cada uno                          "  4.140.00    " 20.220.00   "  20.220.00

                 "B" ALUMNOS

   1) Escuela Naval.

   Cuerpo General. - Sueldos:

20 Aspirantes a $ 180.00 cada uno	" 3.600.00   " 3.600.00

   Cuerpo Auxiliar "Máquinas". - Sueldos:

10 Aspirantes a $ 180.00 cada uno  " 1.800.00   " 1.800.00

   2) Escuela de Equipaje:

   Cuerpo General. - Sueldos:

30 Aprendices a $ 72.00 cada uno  	" 2.160.00   " 2.160.00

   Cuerpo Auxiliar "Máquinas". - Sueldos:

50 Aprendices a $ 120.00 cada uno	" 6.000.00   " 6.000.00
      
         "C" EQUIPAJE 
    Cuerpo General. - Sueldos:

8 Suboficiales de Cargo a $ 972.00 
  cada uno                         $   7.776.00 
10Suboficiales de 1.a clase a $
   828.00 cada uno 	               "   8.280.00    
22 Suboficiales de 2.a clase a $
   720.00 cada uno 	               "  15.840.00 
20 Cabos de 1.a clase a $ 540.00
   cada uno                        "  10.800.00 	
30 Cabos de 2.a clase a $ 468.00
   cada uno                        "  14.040.00    
125 Marineros de 1.a clase a $
    360.00 cada uno 	          "  45.000.00
78 Marineros de 2a clase a $
   288.00 cada uno 	               "  22.464.00 " 124.200.00   " 124.200.00 

   Cuerpo Auxiliar "Máquinas". - Sueldos:
		
9 Suboficiales de Cargo a $ 972.00
  cada uno 			          $   8.748.00
10 Suboficiales de	1.a clase a
   $	828.00 cada uno		     "   8.280.00
17 Suboficiales de 2.a clase a
   $ 720.00 cada uno		     "  12.240.00
20 Cabos de 1.a clase a $ 540.00
   cada uno	                    "  10.800.00
25 Cabos de 2.a clase a $ 468.00
   cada uno		               "  11.700.00
55 Marineros de 1.a clase a $
   360.00 cada uno		          "  19.800.00
61 Marineros de 2.a clase a $ 
   288.00 cada uno                 "  17.568.00     " 89.136.00   " 89.136.00

   Cuerpo Auxiliar. "Administración". Sueldos:

3 Suboficiales de Cargo a $ 972.00
  cada uno                         $  2.916.00	
5 Suboficiales de 1.a clase a 
  $ 828.00 cada uno                "  4.140.00 	
17 Suboficiales de 2.a clase a $
   720.00 cada uno 	               " 12.240.00
19 Cabos de 1.a clase a $ 540.00
   cada uno                        " 10.260.00 
17 Cabos de 2.a clase a $ 468.00 
   cada uno                        "  7.956.00
19 Marineros de 1.a clase a $
   360.00 cada uno                 "  6.840.00	
20 Marineros de 2.a clase a $ 
   288.00 cada uno 	               "  5.760.00      " 50.112.00   " 50.112.00

   Cuerpo Auxiliar. "Sanidad". - Sueldos:

2 Suboficiales de Cargo a $
  972.00 cada uno 	               " 1.944.00
2 Suboficiales de 1.a clase a $
  828.00 cada uno 	               " 1.656.00
2 Suboficiales de 2.a clase a $
  720.00 cada uno                  " 1.440.00  	
1 Cabo de 1.a clase                "   840.00	
2 Marineros de 1.a clase a $
  360.00 cada uno 	               "   720.00
4 Marineros de 2.a clase a $
  288.00 cada uno                  " 1.152.00     " 7.452.00       " 7.452.00

       "A" OFICIALES

   Cuerpo General y Auxiliar - Compensación por servicios:

Para los Oficiales de todos los Cuerpos, a razón de:
 $ 1.200.00 para el Contraalmirante; a $ 840.00,
 para cada Capitán de Navío; $ 720.00 para cada
 Capitán de Fragata; $ 600.00 para cada Capitán de
 Corbeta; $ 480.00, para cada Teniente de Navío, $
 420.00, para cada Alférez de Navío y $ 360.00 para
 cada Guardia Marina 	                           " 79.200.00   " 79.200.00
   
           "C" EQUIPAJE

   Cuerpo Auxiliar:

"Suplemento de Máquinas" para 46 Cabos a
 $ 36.00 cada uno 	                    "  1.620.00 
"Suplemento de Máquinas" para 116
 Marineros a $ 72.00 c/u       	     "  8.352.00
"Suplemento" para 6 Suboficiales
 Radiotelegrafistas a pesos 360.00 cada
 uno 	                              "  2.160.00 " 12.132.00  "  12.132.00
 
                 Total de esta planilla  	      $ 705.552.00  " 705.552.00

                                  PLANILLA N.o 53

                Inspección General de Marina y sus Dependencias

    A) INSPECCION GENERAL DE MARINA

 1) Comando. - Sueldos:

1 Inspector General de Marina, C/A o C/N (planilla N.o 52)
1 Cabo Conserje (ídem)
1 Cabo de Máquinas (ídem)

   Compensación de cargo:

1 Inspector General de Marina                           $ 960.00       960.00
  Gastos de equipo para el Inspector G. de Marina  	 " 115.20       115.20
  Gastos Oficiales  	                               " 240.00       240.00 

   2) Ayudantías de Ordenes. - Sueldos:

1 Ayudante General, C/F, C/C o T/N (planilla N.o 52)
  Gastos de equipo para el Ayudante General 	           " 115.20       115.20
 
   Personal a la Orden. - Sueldos:

7 Suboficiales (planilla N.o 52)
5 Cabos (ídem)
8 Marineros (ídem)

   Banda de Música. - Sueldos:

1 Suboficial Maestro (planilla N.o 52)
3 Cabos (ídem)
15 Marineros (ídem)

   Compensaciones de cargo:

15 Marineros a $ 36.00 cada uno                       "   540.00   "   540.00
   Música e impresos                                  "    96.00   "    96.00  
  Ración en metálico para 91 personas del Cuerpo de
   Equipaje a $ 86.40 cada uno                        " 7.862.40   " 7.862.40
	
   3) Taller y Publicaciones.- Sueldos:

1 Suboficial, Jefe del Taller (planilla N.o 52)
3 Suboficiales (ídem)
3 Cabos (ídem)
3 Marineros (ídem)
  Utiles y publicaciones                            " 1.920.00     " 1.920.00	
   4) Oficiales en Misión. - Sueldos:

5 Oficiales en Misión de estudio en el extranjero, 
  C/C, T/N o A/N (planilla N.o 52)
  Gastos de equipo, para ídem ídem a $ 115.20 cada uno " 576.00        576.00

         B) SUBINSPECCION GENERAL

   1) Oficina Central. - Sueldos:

1 Subinspector General, C/N o C/F (planilla N.o 52)
1 Oficial de Administración, Secretario, C/C, T/N o A/N (Id.)
1 Suboficial (ídem)
1 Cabo (ídem)
1 Cabo Conserje (ídem)
5 Marineros (ídem)

   Compensación de cargo:

1 Subinspector                                        " 480.00       " 480.00	
   Gastos:

De oficina y eventuales                               " 480.00      " 480.00
De peluquería 	                                       "  96.00      "  96.00

   2) División Personal. - Sueldos:

1 Jefe de División, C/F o C/C (planilla N.o 52)
1 Jefe de Sección, T/N o A/N (ídem)
1 Suboficial (ídem)
1 Cabo (ídem)
2 Marineros (ídem)

    Gastos:

   De oficina y eventuales                            " 48.00         " 48.00

   3) División Material. - Sueldos:

1 Jefe de División, C/F o C/C (planilla N.o 52)
1 Jefe de Sección, T/N o A/N (ídem)
1 Jefe de Sección (Máquinas, Oficial de ese Cuerpo, C/C o T/N (ídem)
1 Cabo (ídem)
2 Marineros (ídem)

    Gastos:

 De oficina y eventuales                               " 48.00        " 48.00

   4)División Sanidad. - Sueldos:

1 Jefe de División, Oficial en Comisión de la Sanidad Militar, C/F
1 Encargado de la Sección Odontológica, Suboficial (planilla N.o 52)
1 Marinero (ídem)

    Gastos:

 De oficina y eventuales  	                         " 48.00        " 48.00

   5) División Administración y Control. - Sueldos:

1 Jefe de División, Oficial de Administración, C/C o A/N (Id.) 
1 Tenedor de Libros, Oficial de Administración, T/N o A/N (ídem)
2 Suboficiales (ídem)
3 Cabos (ídem)
4 Marineros (ídem)

    Gastos:

De oficina y eventuales                                 " 96.00       " 96.00
Gastos de quebranto de tesorería                        " 96.00       " 96.00

            "C" COMISION CALIFICADORA
    Sueldos:

1 Presidente, C/N (Planilla N.o 52)
1 Vocal, C/N (ídem)
1 Vocal, Subinspector General
1 Vocal sin voto, Jefe de la División Personal
1 Secretario, C/C (planilla N.o 52)
1 Cabo (ídem)

    Compensación de cargo:

1 Presidente                                            " 360.00       360.00

   Gastos:

 De oficina y eventuales  	                          "  96.00      " 96.00
 Ración para un Cabo  	                               "  86.40 " 86.40

          "D" SERVICIOS TECNICOS
    1) Servicio Hidrográfico. - Sueldos:

1 Jefe Inspector de Navegación, C/N o C/F (planilla N.o 52)
3 Jefes de Sección Técnica, C/F, C/C o T/N (ídem)
8 Oficiales Operadores, T/N o A/N (ídem)
1 Oficial de Administración, T/N, A/N o G/M (ídem)
2 Suboficiales, Dibujantes (ídem)
4 Suboficiales (ídem)
8 Cabos (ídem)
5 Marineros (ídem)
  Compensación de cargo para un Jefe     "   360.00       " 360.00
  Gastos de oficina y eventuales 	      "   336.00                "  336.00
  Gastos de material científico 	      "   960.00                "  960.00         Gastos de reparaciones de instrumentos   "   480.00 " 480.00
  Gastos decomisiones hidrográficas 	 " 1.200.00            " 1.200.00
   Los Oficiales en operaciones tienen derecho a las compensaciones de equipo mientras duren las operaciones, a razón de $ 0.40 por día.

  Buque Hidrográfico R. O. U. "Capitán Miranda". - Sueldos:

1 Comandante, C/F o C/C (planilla N.o 52)
1 1.er Oficial, T/N (ídem)
2 Oficiales del Cuerpo General, A/N o G/M (ídem)
2 Oficiales del Cuerpo de Máquinas, A/N o G/M (ídem)
6 Suboficiales (ídem)
12 Cabos (ídem)
23 Marineros (ídem)

   Gastos:

De oficina y eventuales 	               " 144.00                    " 144.00
De equipo para Oficiales a $ 115.20
cada uno 	                              " 691.20  " 691.20  
De peluquería 	                         "  96.00                    "  96.00 

   2) Servicio Aeronáutico. - Sueldos:

1 Jefe Inspector de Aeronáutica, C/N o C/F (planilla N.o 52)
2 Jefes de Sección, C/C o T/N (ídem)
1 Jefe de Sección, Oficial de Máquinas, T/N o A/N (ídem)
5 Oficiales, T/N o A/N (ídem)
6 Suboficiales (ídem)
5 Cabos (ídem)
12 Marineros (ídem)

   Compensación de cargo:

1 Jefe	                              "  360.00   " 360.00

    Gastos:

De oficina y eventuales	               "  336.00                 "   336.00
De funcionamiento general	         " 7.680.00                 " 7.680.00

  Los Oficiales en servicio efectivo de vuelo, tienen derecho a la compensación de equipo mientras dure ese servicio, a razón de $ 0.40 por día.

    3) Servicio de Iluminación y Balizamiento. - Sueldos:

1 Jefe Inspector, C/N, C/F o C/CV (planilla N.o 52)
2 Jefes de Sección, C/C, T/N o A/N (ídem)
1 Jefe de Sección "Máquinas" T/N o A/N (ídem)
1 Oficial de Administración, T/N, A/N o G/M (ídem)	
1 Suboficial (ídem)	
1 Cabo (ídem)	
1 Marinero (ídem)	
1 Encargado de la Usina de Boyas, civil
  (se suprime al vacar)	                 "  1.560.00
1 Patrón de Chata Gasómetro, civil	(se	
suprime al vacar) 		                 "    960.00
1 Auxiliar, civil (se suprime al vacar)   "    840.00  " 3.360.00  " 3.360.00
	
   Faro "Santa María". - Sueldos:	

1 Encargado, civil 		                 " 1.440.00
1 Encargado 2.o, civil 		            " 1.320.00
2 Peones, civiles a $ 720.00 cada uno 	  " 1.440.00  " 4.200.00   " 4.200.00

   Faro de "Punta del Este". - Sueldos:	

1 Encargado, civil 		                 " 1.440.00
1 Encargado 2.o, civil	                 " 1.200.00
2 Peones, civiles a $ 720.00 cada uno     " 1.440.00  " 4.080.00  " 4.080.00
   Pontón-Faro "Banco Inglés".	Sueldos

1 Encargado, civil 	                      $ 1.560.00
1 Encargado 2.o, civil		            " 1.320.00
1 Encargado de la campana submarina,	
civil 		                           " 1.140.00
5 Marineros, civiles a $ 840.00 cada uno  " 4.200.00  " 8.220.00   " 8.220.00		
    Faro "Colonia". - Sueldos:

1 Encargado 2.o, civil  	                 $ 1.200.00
2 Peones, civiles a $ 720.00 cada uno  	  " 1.440.00  " 2.640.00  " 2.640.00

   Faro "Polonio". - Sueldos:

1 Encargado, civil                        $ 1.440.00 	
1 Encargado 2.o, civil 	                 " 1.200.00 
2 Peones, civiles a $ 720.00 cada uno     " 1.440.00  " 4.080.00  " 4.080.00 	
   Faro "José Ignacio". - Sueldos:
1 Encargado, civil 	                      $ 1.440.00
1 Encargado 2.o, civil. 	                 " 1.200.00  
1 Peón Farolero, civil                    "   720.00  " 3.360.00  " 3.360.00

   Faro "Isla de Lobos". - Sueldos:

1 Encargado, civil 	                      $ 1.560.00
1 Encargado 2.o, civil                    " 1.320.00  	
1 Encargado de la Sirena, civil           " 1.200.00   	
1. Foguista, civil                        "   960.00 	
3 Peones, civiles a $ 840.00 cada uno     " 2.520.00 	
1 Cocinero, civil 	                      "   840.00  "  8.400.00  " 8.400.00

   Faro "Cerro de Montevideo". - Sueldos:

1 Encargado, civil	                      $ 1.440.00
1 Encargado 2.o, civil  	                 " 1.200.00
3 Peones Faroleros, civiles a $ 720.00
  cada uno                                " 1.440.00  " 4.080.00   " 4.080.00

   Faro "Isla de Flores". - Sueldos:

1 Encargado, civil                        $	1.440.00
2 Peones, civiles a $ 840.00 cada uno     " 	2.520.00   3.960.00     3.960.00  

   Faro de "Punta Brava". - Sueldos:

1 Encargado, civil 	                      $ 1.320.00
1 Encargado 2.o, civil                    " 1.200.00
1 Peón, civil 	                           "   720.00    3.240.00     3.240.00

   Faro de "La Panela". - Sueldos:

1 Encargado, civil 	                      $ 1.560.00 
1 Encargado 2.o, civil 	                 " 1.320.00   
1 Encargado de la Sirena, civil 	       " 1.140.00
2 Peones, civiles a $ 840.00 cada uno     " 1.680.00  " 5.700.00  "  5.700.00     	
   Gastos:

Compensación del cargo del Jefe	                   "   360.00  "   360.00
De inspección  	                                  "   240.00  "   240.00
De funcionamiento de la campana submarina
 del Pontón-faro del "Banco Inglés"                   "   240.00  "   240.00

 4) Servicio Oceanográfico y Pesca.- Sueldos:

1 Jefe Inspector, C/N, C/F o C/C (planilla N.o 52)
3 Oficiales Operadores, T/N, A/N o G/M(ídem)
1 Jefe de Laboratorio, civil 	            $ 1.440.00          
1 Capataz Piscicultor, civil 	            " 1.200.00
1 Administrador, civil (se suprime al
  vacar)                                  " 2.400.00  	                    
1 Contador, civil 	                      " 1.440.00
1 Cajero, civil 	                      " 1.080.00 
1 Inspector Cobrador, civil 	            " 1.080.00
L Auxiliar, civil 	                      "   960.00
1 Encargado de Secretaria, civil 	       "   720.00
1 Jefe de Almacenes, civil 	            "   600.00
1 Mensajero, civil 	                      "   300.00
1 Encargado de ventas, civil 	            " 1.080.00
1 Capataz, civil                          "   780.00
8 Peones, civiles, a $ 600.00 cada uno    " 4.800.00 	
1 Jefe de Máquinas, civil                 " 1.560.00	
3 Encargados de Guardias, civiles a 
  $ 576.00 cada uno                       " 1.728.00 	
3 Ayudantes de Guardias, civiles a $
  504.00 cada uno                         " 1.512.00 	
1 Chauffeur mecánico, civil               "   900.00
3 Chauffeurs, civiles, a $ 720.00 c/u. 	  " 2.160.00
1 Carpintero, civil                       "   840.00 " 26.580.00 " 26.580.00

   Gastos:

Compensación del cargo del Jefe                      "    360.00 "    360.00
De oficina y laboratorio 	                       "    288.00     " 288.00
  
   Los Oficiales en operaciones, tienen derecho a la compensaciones de equipo
mientras duren las operaciones, a razón de $ 0.40 por día.

   Vapor "Pesquero". - Sueldos:

1 Capitán, civil                     $ 1.260.00
1 1.er Maquinista, civil            " 1.200.00 
1 2.o Maquinista, civil 	            "   828.00
1 Telegrafista, civil                "   828.00
1 1.er Pescador, civil               "   720.00
1 2.o Pescador, civil 	            "   576.00
1 Cocinero. civil 	                 "   540.00    
1 Cabo Foguista, civil 	            "   504.00
3 Foguistas, civiles a $ 456.00 cada uno " 1.308.00 	
4 Marineros, civiles a $ 456.00 cada uno " 1.824.00
1 Mozo de Cámaras, civil             "   288.00	
1 Sereno, civil                      "   540.00     "  10.476.00 "  10.476.00
 
Racionamiento: para el Capitán, 1.er Maquinista,
2.o Maquinista, Telegrafista y 1.er Pescador a
$ 115.20 cada uno                  "  576.00   "   576.00
Racionamiento para 12 personas de equipaje
 a $ 86.40 c/u.                    " 1.036.80  " 1.036.80

   Faenas Loberas. - Sueldos:

1 Encargado de Faenas, civil 	         $ 1.020.00 
1 Sereno y Encargado de Barracas,
  civil                                "   840.00
1 Capataz, Isla de Lobos, civil        "   840.00 	
1 Capataz, Cabo Polonio, civil         "   840.00 "  3.540.00 "  3.540.00 

   Buque Oceanógrafo R. O. U. "18 de Julio". - Sueldos:

1 Comandante, C/F o C/C (planilla N.o 52)

1 1.er Oficial, T/N o A/N (ídem)
4 Oficiales del Cuerpo General, T/N, A/N o G/M (ídem)
1 Oficial del Cuerpo de Máquinas, T/N, A/N o G/M (ídem)
6 Suboficiales (ídem)
8 Cabos (ídem)
16 Marineros (ídem)
30 Aprendices Marineros (ídem)

   Gastos:

De oficina y eventuales  	               "  144.00             "  144.00
De maniobras, biblioteca y enseñanza         "  288.00             "  288.00 
De equipo para 7 Oficiales a $ 115.20
cada uno 	                                   "  806.40 "  806.40
De peluquería 	                              "   96.00             "   96.00

   5) Servicio Meteorológico. - Sueldos:

1 Jefe Inspector, C/F o C/C (planilla N.o 52)
3 Oficiales, T/N, A/N o G/M (ídem) 
1 Subdirector (se suprime al vacar) 	  $ 2.340.00
1 Secretario, civil (se suprime al vacar) " 1.440.00
2 Ayudantes, civiles a $ 1.050.00 cada uno" 2.100.00
1 Fotógrafo Dibujante, civil              " 1.050.00 	
1 Relojero Oficial, civil 	            " 1.050.00  
4 Auxiliares, civiles a $ 840.00 cada uno " 3.360.00
1 Encargado del Archivo y Servicio
  Pluviométrico, civil                    "   840.00
1 Observador del Servicio Meteorológico,
civil	                                "   804.00
1 Encargado "Estación Montevideo" civil   "   780.00  	
3 Ayudantes del Servicio Meteorológico y 
 Semafórico, civiles a $ 780.00 cada uno  " 2.340.00  	
1 Encargado de la Estación Meteorológica 
 y Semafórica de "Punta del Este", civil  " 1.200.00 	
1 Auxiliar de la Estación Meteorológica
 y Semafórica de "Punta del Este", civil  "   780.00
4 Encargados de Estaciones Meteorológicas
 en campaña, civiles, a $ 240.00 cada uno "   960.00
1 Mensajero, civil  	                 "   600.00
2 Porteros, civiles a $ 720.00 cada uno   " 1.440.00 " 21.084.00 " 21.084.00

   Gastos:

Del gasto del Jefe 	                         $   360.00 "  360.00
De oficina, conservación de aparatos y
adquisiciones	                              " 1.536.00            " 1.536.00
De estaciones pluviométricas	               " 5.760.00            " 5.760.00
De publicaciones	                         "   576.00            "   576.00
 
     "E" ARSENAL DE MARINA

   1) Comando. - Sueldos:

1 Comandante, Inspector del Material Naval, C/N o C/F (planilla N.o 52)
1 Secretario, Oficial de Administración T/N o A/N (ídem)

   Gastos:

Del cargo del Comandante 		" 360.00   " 360.00
De oficina y eventuales 	          " 144.00              " 144.00
De peluquería 	                    "  96.00              "  96.00
 	
   2) Maniobra y Guardia Militar.- Sueldos:	

 1 2.o Comandante, C/F o C/C (planilla N.o 52)	
 3 Oficiales del Cuerpo General, T/N, A/N o G/M (ídem)	
 1 Suboficial Capataz (ídem)	
 4 Suboficiales (ídem)
12 Cabos (ídem)	
30 Marineros (ídem)	

   Gastos:

Del cargo de un Suboficial Capataz             " 360.00  " 360.00  

   3) Escuela de Mecánicos. - Sueldos:

 1 Jefe de Cursos, Profesor, C/C (planilla N.o 52,
 1 1.er Oficial, Profesor, Jefe del Cuerpo de
   Aprendices, T/N, A/N o G/M (ídem)
 3 Oficiales, Profesores: 2 del Cuerpo de "Máquinas" y
   uno del "Cuerpo General", A/N o G/M (ídem)
 4 Suboficiales Instructores: 3 del Cuerpo de "Máquinas"
   y 1 del "Cuerpo General" (ídem)
 4 Cabos (ídem)
 4 Marineros (ídem)
50 Aprendices Mecánicos (ídem)

     Gastos:

  De oficina y eventuales, taller, enseñanza
  y biblioteca  	                         " 960.00              "   960.00

   4) Oficina Técnica. - Sueldos:

1 Jefe, Oficial del Cuerpo General o de Máquinas, C/C o T/N (planilla N.o 52)
2 Suboficiales (ídem) 
1 Cabo (ídem)

   Gastos:
	
  De oficina y de ensayo de materiales 	    "  480.00              "   480.00

   5) Talleres. - Sueldos:
	
 1 Jefe, Oficial del Cuerpo de Máquinas, C/C o T/N (planilla N.o 52)	
 5 Oficiales del Cuerpo de Máquinas, T/N, A/N o G/M (ídem)	
 8 Suboficiales Capataces (ídem)	
 6 Cabos (ídem)	
22 Marineros (ídem)	

   Compensaciones de cargo:
	
8 Suboficiales Capataces a $ 120.00 cada uno "  960.00   "  960.00
  
6) Almacenes. - Sueldos:

1 Jefe, Oficial de Máquinas o Administración,
 T/N, A/N o G/M (planilla N.o 52)
2 Suboficiales (ídem)
  Reparaciones menores de la Marina         $ 32.800.00           " 32.800.00

   7) Explosivos y Tiro. - Sueldos:

1 Jefe, Oficial del Cuerpo General, C/C 
 o T/N (planilla N.o 52)		
1 Encargado de Análisis, civil              " 1.500.00 " 1.500.00
 			
   Gastos:
		
De refacciones, análisis, explosivos y tiro "   960.00              "  960.00
  
   8) Remolcador "Yaguarí". - Sueldos:

1 Suboficial, Patrón (planilla N.o 52)
1 Suboficial Maquinista (ídem)
2 Cabos (ídem)
4 Marineros (ídem)

   9) Personal a la Orden. - Sueldos:

 4 Suboficiales (planilla N.o 52)
 6 Cabos (ídem)
50 Marineros (ídem)

      "F" ESCUELA NAVAL

   Sueldos:

 1 Comandante, Inspector de Enseñanza Naval, Profesor,
  C/N o C/F (planilla N.o 52)
 1 Jefe de Cursos de Ampliación para Oficiales, C/F, C/C, o T/N (ídem)
 1 Jefe de Cursos de Aspirantes a Oficiales, C/C o T/N (ídem)
 1 1.er Oficial, Comandante del Cuerpo de Aspirantes, Profesor, T/N (ídem)
 5 Oficiales Profesores: 3 del Cuerpo "General" y 2 de "Máquinas", A/N (ídem)
 1 Oficial de Administración, A/N o G/M (ídem)
 1 Suboficial. Preparador de Química (ídem)
 1 Suboficial, Bibliotecario (ídem)
 6 Suboficiales (ídem)
10 Cabos (ídem)
38 Marineros (ídem)

   Gastos:		

Del cargo del Comandante 		      "	360.00  " 360.00
Del cargo de un Suboficial Bibliotecario "	120.00  " 120.00
De peluquería 			                "    96.00           "  96.00
De oficina y eventuales	                "	480.60           " 480.00
De taller 			                "   288.00           " 288.00
De biblioteca y laboratorio 			 "   960.00           " 960.00 
De preparación y análisis		      "   240.00           " 240.00
Ración para el preparador de química	 "    86.40  "  86.40		
Asignación general de clases de Cursos
 para Oficiales y Aspirantes 		      " 21.000.00, " 21.000.00
 Los Comandantes y Oficiales Internos de la Escuela, dictarán, además de las
materias de enseñanza profesional práctica, una materia profesional por
concepto de "cargo". No pueden ser Oficiales Profesores Internos, los
Guardias Marinas. Los demás Oficiales, incluso los Internos de la misma
Escuela, pueden acumular por concepto de "clases" hasta $ 30.00 mensuales a razón de $ 3.00 la hora dictada. Los demás Profesores serán retribuídos a razón de $ 5.00 las 6 primeras horas de clase dictadas en cada mes y de $
3.00 las restantes, hasta un máximo de $ 90.00. Los Oficiales con destino a bordo no pueden dictar clases en las Escuelas instaladas en tierra.

                         "G" BUQUES MILITARES 

    1) R. O. U. "Uruguay". - Sueldos:

 1 Comandante, C/N o C/F (planilla N.o 52)
 1 2.o Comandante, C/C (ídem)
 6 Oficiales del Cuerpo General, T/N, A/N o G/M (ídem)
 1 Oficial del Cuerpo de Máquinas, Jefe, T/N (ídem)
 2 Oficiales del Cuerpo de Máquinas, A/N o G/M (ídem)
 1 Oficial del Cuerpo de Administración, T/N, A/N o G/M (Id.)
17 Suboficiales (ídem)
22 Cabos (ídem)	
77 Marineros (ídem)

   Gastos:

De oficina y eventuales 	            "   240.00                     "  240.00      
De equipo para 12 Oficiales a $
115.20 cada uno 	                 " 1.382.40   "  1.382.40
De peluquería 	                      "    96.00                     "   96.00

 2), 3) y 4) Buques Auxiliares R. O. U. "Vanguardia",
   "Corsario" y "Huracán".- Sueldos:

 3 Comandantes, C/C o T/N (planilla N.o 52)
 6 Oficiales del Cuerpo General, A/N o G/M (ídem)
 3 Oficiales del Cuerpo de Máquinas, A/N o G/M (ídem)
 1 Oficial de Administración, A/N o G/M (ídem)
 9 Suboficiales (ídem)
12 Cabos (ídem)
36 Marineros (ídem)

   Gastos:

De oficina y eventuales a $ 144.00
cada buque                               "   432.00                  " 432.00 
De equipo para 13 Oficiales a $  
115.20 cada uno 	                     " 1.497.00 " 1.497.60    
De peluquería para los 3 buques          "    96.00                  "  96.00

 5) y 6) Lnchas a motor para servicios
  generales. - Sueldos:

 2 Suboficiales, Patrones (planilla N.o 52)
 2 Suboficiales, Maquinistas, (ídem)
 2 Cabos (ídem)
 6 Marineros (ídem)

   Nota de la letra "G". - Los Oficiales de la Marina embarcados en unidades navales en "comisión del servicio", dispuesta por la Inspección General de Marina, percibirán "compensación de equipo", liquidable día por día, mientras dure la "comisión", en efectivo a razón de $ 0.40 cada uno.

    "H" ESTACIONES RADIOTELEGRAFICAS

   1) Estación Isla de Lobos. - Sueldos:

 1 Radiotelegrafista                      $	1.200.00    " 1.200.00

   2) Estación Pontón Banco Inglés.- Sueldos:

1 Radiotelegrafista	                      "	1.200.00   " 1.200.00
       
   Gastos:

 Estación Isla de Lobos  	            "    192.00              "   192.00
 Estación Pontón Banco Inglés	            "    192.00              "   192.00

    "I" CAPITANIAS DE PUERTO

  1) Capitanía del Puerto de Montevideo.

  a) Oficina Principal. - Sueldos:

1 Capitán de Puerto, Inspector, C/N o C/F (planilla N.o 52)
1 Secretario General, C/F o C/C (ídem)
2 Cabos o Marineros de Cámaras, Porteros, de la P. Marítima.

   Compensación de cargo:

1 Capitán de Puerto 		          $   360.00		
2 Cabos o Marineros de Cámaras, Porteros			
 a $ 120.00 cada uno                    "   240.00  "  600.00     600.00 				
   b) Comisión Técnica. - Sueldos:

1 Jefe de División Material (planilla N.o 52)			
1 Inspector de Navegación (ídem)			
1 Inspector Mecánico, Oficial del Cuerpo de
 Máquinas (ídem)			
1 Inspector de Cascos, Ingeniero Naval, civil 	 " 3.600.00   " 3.600.00	
1 Arqueador Oficial, Oficial del Cuerpo General
 o de Máquinas, C/F, C/C o T/N (planilla N.o 52)			
1 Maestro de Ribera, Suboficial de cargo de			
 Maestranza, de Policía Marítima.
1 Secretario (Jefe de Sección. Oficina. Por
turno anual).			

   Compensaciones de cargo:

1 Maestro de Ribera, Suboficial de cargo de
 Maestranza, de Policía Marítima 	         $  360.00
1 Secretario (Jefe de Sección. Oficina.
 Por turno anual) 	                        "  120.00 "  480.00  "   480.00

   C) Oficina Central. - Sueldos:

1 Jefe de Administración, Oficial
 Superior de Vigilancia 	            $ 2.700.00
1 Jefe de Estadística, Oficial de
 Vigilancia de 1.a clase             " 1.920.00 	
2 Jefes de Sección, Oficiales de
 Vigilancia de 2.a clase a pesos
 1.500.00 cada uno                   " 3.000.00 	
3 Auxiliares 1.os, Oficiales de
 Vigilancia de 3.a clase a pesos
 1.380.00 cada uno                   " 4.140.00
3 Auxiliares 2.os, Suboficiales de
 cargo, de Policía Marítima a $ 
 972.00 cada uno                     " 2.916.00  "  14.676.00   "  14.676.00

   d) Oficina de Puerto. - Sueldos:

1 Jefe, Oficial Superior de Vigilancia de la Policía Marítima.
3 Jefes de Punto, Oficiales de Vigilancia de 1.a clase, de la Policía   
  Marítima.
3 Ayudantes 1.os, Oficiales de Vigilancia de 2.a clase, de la Policía  
  Marítima.
6 Ayudantes 2.os Oficiales de Vigilancia de 1.a o 2.a clase, de la Policía  
  Marítima.
1 Oficial de Tráfico, Oficial de Vigilancia de 1.a o de 2.a clase, de la  
  Policía Marítima.
1 Auxiliar, Encargado del despacho de buques, Oficial de Vigilancia de 1.a o    
  de 2.a clase, de la Policía Marítima.
2 Intérpretes, Oficiales de Vigilancia de 
  1.a clase a $ 1.920.00 c/u                      " 3.840.00       " 3.840.00	
2 Ordenanzas, Cabos o Marineros de la Policía Marítima.
2 Auxiliares de Dactilógrafo. Cabos o Marineros de la Policía Marítima.

   Gastos:

 De comunicaciones, publicaciones, etc.  " 960.00                  "   960.00
 De oficina y eventuales                 " 960.00                  "   960.00

   e) Oficina de Pilotaje. - Sueldos:

1 Práctico Mayor, C/N, C/F o C/C (planilla N.o 52)
1 Jefe de Sección, Oficial de Vigilancia de 1.a o 
 2.a clase de la Policía Marítima.
1 Vigía, Suboficial, de la Policía Marítima    " 600.00   "  600.00
3 Semaforistas; Cabos o Marineros, de la Policía Marítima.
1 Auxiliar Dactilógrafo, Cabo o Marinero, de la P. Marítima.
1 Ordenanza, Cabo o Marinero, de la Policía Marítima.

   Gastos:

De oficina y eventuales  	                            "  48.00   "  48.00

   2) Capitanías Subordinadas. - Sueldos:

2 Capitanes de Puerto, para Maldonado y Colonia,
 Oficiales del Cuerpo General, jerarquía mínima
 T/N (planilla N.o 52)
2 Ayudantes, Oficiales de Vigilancia, de la
 Policía Marítima.
10 Cabos o Marineros, de la Policía Marítima.

   Compensaciones de cargo:

Para 2 Capitanes de Puerto a $ 240.00 cada uno	"  480.00   480.00
 			
   Gastos:		
De oficina y eventuales a $ 144.00 cada una       "  288.00          " 288.00  			
4 Encargados de Capitanías en Río Branco,
 Piriápolis, Santiago Vázquez y Juan Lacaze,
 Oficiales del Cuerpo General, jerarquía
 mínima A/N (planilla N.o 52) u Oficiales de
 Vigilancia de la Policía Marítima.

16 Cabos o Marineros de la Policía Marítima.
	
   Gastos:

 De oficina y eventuales a $ 120.00 cada uno   " 48000             "   480.00
		
   3) Escribanía de Marina. - Sueldos:

1 Escribano de Marina, civil               $  3.600.00	
1 Jefe de Sección, civil 		        "  1.440.00 
1 Auxiliar 1.o, civil 		             "  1.200.00 
1 Auxiliar 2.o, civil	                  "  1.080.00
1 Portero, Cabo o Marinero de la Policía
 Marítima.	                                        $ 7.320.00 "  7.320.00

   Compensaciones de cargo:

1 Portero, Cabo o Marinero de la Policía
 Marítima	                                             "    96.00       96.00

   Gastos:

De oficina y eventuales  	                  " 288.00             " 288.00

   4) Gobierno Territorial de la Isla de
      Flores. - Sueldos:

1 Jefe, C/F, C/C o T/N (planilla N.o 52)
1 Ayudante, Oficial de Vigilancia de la
 Policía Marítima.

   Sueldos:

De oficina y eventuales 	 	                   " 96.00            "   96.00

   5) Cuerpo de Policía Marítima. - Sueldos:

1 Jefe, C/N, C/F o C/C del Cuerpo General (planilla N.o 52)
1 2.o Jefe, C/C o T/N del Cuerpo General (ídem)
3 Oficiales del Cuerpo General, T/N, A/N o G/M (ídem)
1 Oficial Superior de Vigilancia                  $  2.700.00
5 Oficiales de Vigilancia de 1.a clase a 
 $ 1.920.00 cada uno	                         "  9.600.00
10 Oficiales de Vigilancia de 2.a clase a 
$ 1.500.00 cada uno 	                         " 15.000.00
10 Oficiales de Vigilancia de 3.a clase a 
$ 1.380.00 cada uno                          	" 13.800.00
3 Suboficiales de Cargo a $ 972.00 cada uno  	"  2.916.00
3 Suboficiales de 1.a clase a $ 828.00 cada uno  	"  2.484.00
13 Suboficiales de 2.a a $ 720.00 cada uno	     "  9.360.00
 8 Cabos de 1.a clase a $ 540.00 cada uno	     "  4.320.00
36 Cabos de 2.a clase a $ 468.00 cada uno	     " 16.848.00
46 Marineros de 1.a clase a $ 360.00 cada uno     " 16.560.00		
140 Marineros de 2.a clase a $ 288.00
 cada uno                              " 40.320.00  " 133.908.00 $ 133.908.00
 
   Sueldos:

  De oficina y eventuales  	                      "     144.00 "     144.00

     "Suplemento de Máquinas":

 7 Cabos a $ 36.00 cada uno 	         "   252.00
20 Marineros a $ 72.00 cada uno 	    " 1.440.00      " 1.692.00  " 1.692.00


   Gastos:

Adquisición de motocicletas y repuestos para
 las mismas, por una sola vez                          $ 6.000.00  " 6.000.00

    "J" DIRECCION DE INMIGRACION

   Sueldos:

1 Director (este cargo será desempeñado por 
 un Oficial de la Marina Militar en situación 
 de "Actividad" o "Retiro")		       $  1.320.00
1 Subdirector, civil (se suprime al vacar)"  2.400.00
1 Auxiliar 1.o, civil                     "    960.00
2 Auxiliares, civiles a $ 720.00 cada uno "  1.440.00
1 Intérprete, civil		                 "    840.00
1 Jefe de la Sección "Desembarco", civil  "	 960.00
2 Inspectores de "Desembarco", civiles a	 	
$ 600.00 cada uno 			            "  1.200.00
1 Auxiliar de Contabilidad, civil 		  "    720.00
2 Auxiliares de "Desembarco", civiles a		
$ 600.00 cada uno 		                 "  1.200.00	
1 Médico, civil (Se suprime al vacar) 	  "  1.140.00
1 Practicante, civil (se suprime al vacar)"    966.00
1 Conserje, civil		                 "    600.00
1 Portero, civil		                 "    600.00
1 Cocinero, civil 			            "    600.00
1 Peón de Cocina, civil 			       "    600.00
4 Sirvientes, civiles a $ 600.00 cada uno "  2.400.00 $ 17.946.00 " 17.946.00

   Gastos:
	
 Alimentación para inmigrantes 	     "  7.200.00               "  7.200.00
 Luz, agua y diversos gastos 			"  1.800.00               "  1.800.00
 Locomoción 			               "    360.00               "    360.00
 Alquiler de casa 			          "  1.800.00  "   1.800.00
  		
       Total de esta planilla	          $ 431.110.00 " 358.230.00 " 72.880.00

                                PLANILLA N.o 54

                                Sanidad Militar

    DIRECCION GENERAL Y CONSEJO

  Sueldos:

1 Director General, Médico Superior,
 asimilado a General de Brigada 	 $  4.800.00
1 Médico Adjunto, asimilado a
  Alférez	                          "  1.200.00 " 6.000.00  $ 6.000.00 

          SECRETARIA

  Sueldos:

2 Secretarios (planilla N.o 33)	
1 Oficial 1.o 		                    $ 1.920.00
1 Auxiliar 1.o 		               " 1.500.00
2 Auxiliares 2.os a $ 1.380.00 cada uno	" 2.760.00
2 Auxiliares 3.os a $ 960.00 cada uno	" 1.920.00	
1 Auxiliar 4.o 		               "   840.00 
1 Mecanógrafo 		                    "   600.00   "	9.540.00   "  9.540.00

   Personal de servicio. - Sueldos:

1 Conserje	                         $   600.00
1 Ordenanza		                    "   600.00
1 Mensajero	                         "   600.00
1 Portero  	                         "   600.00
1 Sereno		                         "   600.00   $ 3.000.00   "  3.000.00

   Gastos:

De oficina y eventuales  	          "   480.00                 $   480.00
Locomoción e inspecciones de la
 Dirección General	                    "   768 00                 "   768.00

          CONTADURIA

         Sueldos:
		
1 Contador (titulado)		          $  2.700.00
1 Subcontador 			               "  1.920.00
3 Auxiliares los, a $ 1.500.00 c/u 	"  4.500.00	
2 Auxiliares 2.os, a $ 1.380.00 c/u	"  2.760.00	
1 Auxiliar 4.o 			          "    960.00
1 Escribiente de 1.a clase              "    600.00
1 Archivero                             "    600.00  " 14.040.00  " 14.040.00
		
   Gastos:
								
De oficina y eventuales 	                            "    360.00  "    360.00
      								
         TESORERIA
								
    Sueldos:
							
1 Tesorero 					     "  2.700.00	 				
1 Auxiliar 1.o                          "  1.500.00
1 Auxiliar 4.o						"	780.00  $	4.980.00	" 4.980.00	
   Gastos:

 De oficina y eventuales  	                       "   120.00  "   120.00

         SECCION "ADQUISICIONES"

    Sueldos:

Esta planilla se servirá con "Rentas Propias" y la contribución
de $ 26.000.00, que figura en "Gastos" de esta planilla.
1 Jefe 								$	2.700.00
1 Subjefe								"    1.920.00
1 Auxiliar 1.o                               "    1.500.00
1 Auxiliar 4.o							"	  960.00
1 Mensajero 							"	  600.00

    Gastos:
				
 De oficina y eventuales 	               "	  240.00

         SECCION SERVICIO DE SANIDAD 

   Personal técnico. - Sueldos:

1 Director, Médico Principal de 1.a clase,
 asimilado a Coronel 	                    $  4.200.00
5 Médicos Principales de 2.a clase, a	
$ 3.420.00 c/u., asimilados a Teniente
 Coronel (las dos primeras vacantes quedan
 suprimidas y serán sustituídas por dos 
 Médicos de 1.a clase)                       " 17.100.00
3 Médicos de 1.a clase, asimilados a Mayor,
 a $ 2.700.00 c/u                            "  8.100.00  			
8 Médicos de 2.a clase, asimilados a Capitán,
 a $ 1.920 c/u                               " 15.360.00 			
14 Médicos Ayudantes, asimilados a Teniente 
 1.o, a $ 1.500.00 c/u 	                    " 21.000.00  		
13 Ayudantes 1.os de Sanidad, asimilados a
 Teniente 2.o, a pesos 1.380.00 cada uno     " 17.940.00		
14 Ayudantes 2.os de Sanidad, asimilados a
 Alférez, a $ 1.200.00 cada uno (las dos		
 primeras vacantes se suprimen)        " 16.800.00  " 100.500.00 " 100.500.00 			
    Personal de oficina. - Sueldos:
	
1 Auxiliar 1.o	                      $  1.500.00
1 Auxiliar 2.o	                      "  1.200.00
1 Mecanógrafo 		                 "    840.00
1 Escribiente de 1.a clase 		  "    600.00   "   4.140.00  "   4.140.00
	
    Personal de servicio. - Sueldos:
	
5 Conductores a $ 720.00 c/u.  	  $  3.600.00
1 Peón  	                           "    600.00   "   4.200.00  "   4.200.00

    Compensaciones:

Para 35 Sargentos o Cabos Enfermeros de
las unidades del Ejército, a $ 136.80 c/u          $	4.788.00  "   4.788.00

    Gastos:

De eventuales para comisiones, servicios
 médicos, extraordinarios, movilización,	
 etc. 			                     " 1.680.00              "   1.680.00
Locomoción e inspección del Director     "   384.00 			"     384.00
De oficina 			                "    80.00              "      80.00

        SECCION "HOSPITAL MILITAR CENTRAL" 

   Personal técnico. - Sueldos:

1 Director, Médico Principal de 1.a clase,
asimilado a Coronel 	                  $  4.200.00
5 Médicos de 1.a clase, asimilados a Mayor,
 a $ 2.700.00 c/u 		                  $	13.500.00	
1 Médico de 2.a clase, asimilado a Capitán "  1.920.00	
3 Médicos Ayudantes de Sanidad, asimilados
 a Teniente 1.o, a $ 1.500.00 cada uno 	   "  4.500.00		
6 Médicos Especialistas, a $ 1.500.00 c/u  "  9.000.00
1 Ayudante 1.o de Sanidad (Médico),
 asimilado a Teniente 2.o                  "	 1.380.00
2 Médicos Ayudantes, ados a 
 Teniente 2.o, a $ 1.380,00 c u	        "  2.760.00	
6 Ayudantes de Servicios Internos, 
a $ 1.500.00 c/u                           "  9.000.00		
1 Ayudante 2.o de Sanidad, asimilado a	
Alférez 		                           "  1.200.00
2 Médicos a $ 840.00 c/u     		       "	1.680.00
1 Ayudante de Asistencia, Jefe 		  "	  792.00
1 Ayudante de Asistencia, Subjefe		  "    720.00
8 Ayudantes 1.os de Asistencia, a $		
691.20 c/u      			            "  5.529.60
17 Ayudantes 2.os de Asistencia, a $	
600.00 c/u 			                 " 10.200.00 " 66.381.60 " 66.381.60

    Personal militar. - Sueldos:

1 Secretario (planilla N.o 33).
1 Jefe de Policía Interna (ídem)
1 Intendente, Mayor (ídem)
1 Subintendente, Capitán (ídem)

    Personal de oficina. - Sueldos:

  1 Auxiliar 2.o 	                     "  1.380.00
  1 Auxiliar 3.o 	                     "    960.00
  2 Auxiliares 4.os a $ 780.00 cada uno  "  1.560.00
  1 Auxiliar 4.o 	                     "    720.00
  1 Archivero 	                          "    720.00
  4 Escribientes de 1.a clase a $
   600.00 cada uno 	                     "  2.400.00  " 7.740.00  " 7.740.00

   Personal de servicio.- Sueldos:

1 Mucama de Nurses 	                     $   600.00
5 Enfermeros 1.os a $ 780.00 cada uno    " 3.900.00
8 Enfermeros 2.os a $ 720.00 cada uno    " 5.760.00
34 Sirvientes de Sala a $ 600.00
  cada uno                        	      "20.400.00
1 Sirviente nocturno	                "   600.00
2 Guardianes 1.os a $ 720.00 cada uno    " 1.440.00
3 Guardianes 2.os a $ 600.00 cada uno    " 1.800.00
1 Mensajero	                          "   600.00
2 Despenseros a $ 600.00 cada uno	      " 1.200.00
4 Chauffeurs a $ 840.00 cada uno	      " 3.360.00
3 Telefonistas a $ 600.00 cada uno       " 1.800.00
1 Cocinero 1.o	                          "   720.00
2 Cocineros 2.os a $ 600.00 cada uno 	 " 1.200.00
5 Ayudantes de Cocina a $ 600.00 cada uno" 3.000.00
5 Costureras a $ 600.00 cada una         " 3.000.00
8 Lavanderas a $ 600.00 cada una 	      " 4.800.00
1 Capataz 	                          "   840.00
7 Peones a $ 600.00 cada uno             " 4.200.00  " 59.220.00 "  59.220.00

    Personal obrero.- Sueldos:

1 Mecánico 	                        "   960.00    
1 Herrero 	                        "   960.00
1 Maquinista 	                        "   960.00
1 Pintor-Albañil 	                   "   960.00
1 Carpintero 	                        "   840.00
1 Ayudante del Pintor 	              "   600.00
1 Ayudante del Carpintero              "   600.00 1 Quintero                            "   600.00  
 1 Jardinero                           "   600.00
 1 Peluquero 	                        "   600.00 
 1 Colchonero 	                        "   600.00 
 3 Foguistas a $ 600.00 cada uno       " 1.800.00    " 10.080.00  " 10.080.00

    Gastos:

Eventuales y extraordinarios           "    480.00            "    480.00
Utiles de escritorio	              "    360.00 	       "    360.00
Alimentación 	                        " 25.200.00            " 25.200.00
Adquisición de mobiliario                   840.00            "    840.00
Conservación y reparación del edificio      480.00            "    480.00
Lencería y género 	                   "  1.200.00            "  1.200.00     
Lavado, planchado y aseo 	         "  1.740.00            "  1.740.00 
Locomoción y transporte                "  1.800.00            "  1.800.00

          SECCION "LABORATORIO DE QUIMICA Y BACTERIOLOGIA"

   Personal técnico. - Sueldos:

1 Jefe (al vacar, Médico o Farmacéutico)" 2.700.00     
2 Subjefes a $ 1.920.00 cada uno (ídem) " 3.840.00	
2 Ayudantes 1.os, a $ 1.500.00
  cada uno (ídem)                       " 3.000.00 
1 Ayudante 2.o (ídem)                   " 1.380.00  "  10.920.00 "  10.920.00  	
   Personal de oficina. - Sueldos:

1 Escribiente de 1.a clase                           "	   600.00 "     600.00

   Personal de servicio. - Sueldos:

3 Peones a $ 600.00 cada uno                        "   1.800.00 "   1.800.00
    
    Gastos:

De laboratorio  	                                "     480.00 "     480.00
  
          SECCION "LABORATORIO DE ANATOMIA PATOLOGICA"

Esta planilla se servirá con "Rentas Propias" y la contribución de $
26.000.00, que figura en "Gastos" de esta planilla.

   Personal técnico. - Sueldos:		

1 Jefe (Médico)	                    $ 2.700.00	
1 Subjefe, Preparador (ídem) 			" 1.500.00
1 Ayudante 2.o (al vacar, practicante 
  de medicina)                          " 1.200.00
		
    Gastos:
		
   De laboratorio 			          $   240.00

          SECCION "FARMACIA"
		
   Esta planilla se servirá con "Rentas Propias" y la
 contribución de $ 26.000.00, que figura en "Gastos" de
 esta planilla.		

   Personal técnico. - Sueldos:

1 Jefe, asimilado a Mayor (Farmacéutico) $ 2.700.00 	
1 Subjefe, asimilado a Capitán (ídem)    " 1.920.00
6 Encargados 1.os, asimilados a Teniente
 2.o a $ 1.380.00 cada uno (al vacar,
Farmacéuticos)	                          " 8.280.00
2 Encargados 2.os, asimilados a Alférez
a $ 1.200.00 cada uno (ídem)             " 2.400.00 	
2 Encargados 3.os, a $ 840.00 cada uno	 " 1.680.00
3 Encargados 4.os a $ 660.00 cada uno    " 1.980.00
 
   Personal de servicio.- Sueldos:

1 Embalador	                          "   660.00
3 Peones a $ 600.00 cada uno 	           " 1.800.00

    Gastos:

Utiles de escritorio, etc.               $	 180.00

          SECCION "DROGUERIA"

  Esta planilla se servirá con "Rentas Propias" y la contribución de $ 26.000.00, que figura en "Gastos" de esta planilla.

   Personal técnico. - Sueldos:

1 Jefe (Farmacéutico)  	                 " 1.920.00
1 Subjefe (al vacar, Farmacéutico)  	  " 1.500.00
3 Encargados 3.os, a $ 840.00 c/u.	 	  " 2.520.00
1 Encargado 4.o  	                      "   720.00

   Personal de oficina. - Sueldos:

1 Auxiliar 4.o                            $   720.00
   Personal de servicio. - Sueldos:
2 Peones, a $ 600.00 c/u  	            $ 1.200.00

    Gastos:

Adquisición de medicamento, material
quirúrgico, de curaciones, etc.                       $ 24.000.00 $ 24.000.00

             SECCION "ODONTOLOGICA"

    Personal técnico. - Sueldos:
	
1 Jefe, asimilado a Mayor (Odontólogo)	  $  2.700.00
1 Subjefe, asimilado a Teniente 1.o (ídem)"  1.500.00	
9 Odontólogos 1.os, asimilados a Teniente
 2.o, a $ 1.380.00 c/u                    " 12.420.00
6 Odontólogos 2.os, asimilados a Alférez,
a $ 1.200.00 c/u                          "  7.200.00
2 Odontólogos 3.os, a $ 840.00 c/u        "  1.680.00
1 Ayudante de asistencia                  "    720.00 " 26.220.00 " 26.220.00

   Personal de oficina.- Sueldos:
 
1 Auxiliar 4.o                                        "    720.00 "    720.00
           
   Personal de servicio. - Sueldos:

1 Sirviente	                                       "    600.00 "    600.00

    Gastos:

De útiles  		                        " 180.00              "    180.00
   
          SECCION "FISICOTERAPIA"

Esta planilla se servirá con "Rentas Propias" y la contribución de 
$ 26.000.00, que figura en "Gastos" de esta planilla.

   Personal técnico. - Sueldos:

1 Jefe (Médico)  	              $  2.700.00
1 Ayudante Radiólogo (ídem)  	    "  1.500.00
1 Encargado Físicoterapia 	    "    840.00
1 Masajista	                   "    720.00
1 Enfermero 2.o, especializado    "    720.00
1 Enfermero 3.o, especializado    "    600.00
1 Ortopédico 	                   "    600.00

    Gastos:

De Fisicoterapia  	              $    480,00

    Gastos generales:

Aguas corrientes                              "  1.620.00         "  1.620.00
Combustibles	                               "  2.880.00         "  2.880.00 
Luz	                                         "  1.620.00         "  1.620.00

Contribución especial en compensación de lo
que le asigna la ley 16 de Noviembre de 1926,
para atender el "Servicio de Mujeres y Niños" $ 26.000.00         " 26.000.00

            Total de esta planilla	     $ 428.221.60 $ 335.469.60 $ 92.752.00
 
                             PLANILLA N.o 55

             Intendencia General del Ejército y la Marina

   Consejo. - Sueldos:

1 Presidente, General (planilla N.o 33)
1 Vocal, Capitán de Navío o Capitán de
Fragata (planilla N.o 52)
2 Vocales (Oficiales Superiores o Jefes.
En caso de ser civiles, tendrán la
asimilación de Coronel)  	               " 8.400.00  $ 8.400.00

   Secretaría. - Sueldos:

1 Secretario, Teniente Coronel o 
 asimilado	                              " 3.420.00  " 3.420.00

   Dirección. - Sueldos:

1 Intendente General, General o Coronel
 (planilla N.o 33).                          
1 Subintendente, Coronel o asimilado.	     " 4.200.00  " 4.200.00

   Secretaría. - Sueldos:

1 Secretario, Teniente Coronel o
 asimilado                             $  3.420.00
2 Oficiales 1.os, Capitanes o 
asimilados, a $ 1.920 c/u.    	    "  3.840.00
5 Auxiliares 1.os, Tenientes 1.os o
 asimilados, a $ 1.500.00 c/u.  	    "  7.500.00
2 Auxiliares 2.os, Tenientes 2.os o
 asimilados, a $ 1.380.00 c/u.  	    "  2.760.00
9 Escribientes de 1.a clase, Alféreces
 o asimilados, a $ 1.200.00 c/u. (Al
vacar, Sargentos 1.os o asimilados)    " 10.800.00
2 Escribientes de 2.a clase, Sargentos
1.os o asimilados, a pesos 720.00 cada
uno	                                 "   1.440.00   " 29.760.00  " 29.760.00

   Contaduría. - Sueldos:

1 Contador, Coronel o asimilado       $  4.200.00	
1 Subcontador, Mayor o asimilado 	   "  2.700.00
2 Oficiales 1.os, Capitanes o 
 asimilados, a $ 1.920.00 c/u         "  3.840.00 	
2 Tenedores de Libros, Capitanes o 
 asimilados, a $ 1.920.00 c/u         "  3.840.00 	
2 Auxiliares 1.os, Tenientes 1.os o
 asimilados, a $ 1.500.00 c/u. 	   "  3.000.00
2 Auxiliares 2.os, Tenientes 2.os o
 asimilados, a $ 1.380.00 c/u.        "  2.760.00 	
4 Auxiliares 3.os, Alféreces o
 asimilados a $ 1.200.00 cada uno     "  4.800.00 	
6 Escribientes de 1.a clase, Alféreces
 o asimilados a $ 1.200.00 cada uno 
 (al vacar, Sargentos 1.os o
 asimilados)                          "  7.200.00
2 Escribientes de 2a clase, Sargentos
1.os o asimilados a $ 720.00 cada uno "  1.440.00    " 33.780.00  " 33.780.00
	
    Tesorería. - Sueldos:

1 Tesorero, Teniente Coronel o
 asimilado                            $ 3.420.00	
1 Subtesorero, Mayor o asimilado 	   " 2.700.00
1 Auxiliar 3.o, Alférez o asimilado   " 1.200.00  	
1 Dactilógrafo, Alférez o asimilado
(al vacar, Sargento 1.o o asimilado)  " 1.200.00 	
1 Escribiente de 2.a, clase, Sargento 
 1.o o asimilado 	                  "   720.00  "  9.240.00   " 9.240.00

   Adquisiciones. - Sueldos:

1 Jefe, Mayor o asimilado 	        $	2.700.00
1 Oficial 1.o, Capitán o asimilado	   " 1.920.00
2 Auxiliares 1.os, Tenientes 1.os o 
 asimilados a $ 1.500.00 c/u.	        "	3.000.00
1 Auxiliar 3.o, Alférez o asimilado   "	1.200.00
4 Escribientes de 1.a clase, Alféreces 
 o asimilados a $ 1.200.00 cada uno
 (al	vacar, Sargentos 1.os o
 asimilados)	                       " 4.800.00
2 Escribientes de 2.a clase, Sargentos
1.os o asimilados a $ 720.00 cada uno "	1.440.00  " 16.060.00  " 15.060.00

   Suministro, Contralor y Estadística. - Sueldos:

1 Jefe, Mayor o asimilado 	        $	2.700.00
1 Oficial 1.o, Capitán o asimilado    "	1.920.00
2 Auxiliares 2.os, Tenientes 2.os o
 asimilados a $ 1.380.00 c/u 	        "	2.760.00
3 Auxiliares 3.os, Alféreces o
 asimilados, a $ 1.200.00 cada uno    "	3.600.00
10 Escribientes de 1.a clase, Alféreces
 o asimilados a $ 1.200.00 cada uno (al
 vacar, Sargentos 1.os o asimilados) " 12.000.00
1 Escribiente de 2.a clase, Sargento
 1.o o asimilado                     "    720.00  " 23.700.00  " 23.700.00

   Almacenes y Transportes. - Sueldos:

1 Jefe, Mayor o asimilado  	       $  2.700.00
2 Oficiales 1.os, Capitanes o
 asimilados a $ 1.920.00 cada uno    "	3.840.00
2 Auxiliares 1.os, Tenientes 1.os o
 asimilados a $ 1.500.00 c/u         "	3.000.00
9 Auxiliares 3.os, Alféreces o
 asimilados a $ 1.200.00 cada uno 	  " 10.800.00
8 Escribientes de 1.a clase, 
 Alféreces o asimilados a $ 1.200.00
 cada uno (al vacar, Sargentos 1.os o
 asimilados)                         "	9.600.00
2 Escribientes de 2.a clase,
 Sargentos 1.os o asimilados a $
 720.00 cada uno                     "	1.440.00   " 31.380.00   " 31.380.00

    Talleres. - Sueldos:

1 Jefe, Mayor o asimilado  	       $  2.700.00
1 Oficial 1.o, Capitán o asimilado   "	1.920.00
1 Auxiliar 2.o, Teniente 2.o o 
 asimilado                           "	1.380.00
5 Escribientes de 1.a clase, 
 Alféreces o asimilados a $ 1.200.00
 cada uno (al vacar, Sargentos 1.os o
 asimilados)                         "	6.000.00
1 Distribuidor de Costura, Teniente 
 1.o o asimilado                     " 	1.500.00   " 13.500.00  " 15.500.00

   Inspección. - Sueldos:

1 Inspector General, Teniente Coronel
 o asimilado                         $ 	3.420.00
4 Inspectores de Región, Tenientes
 Coroneles o asimilados a $ 3.420.00
 cada uno (al vacar, Mayores
 o asimilados)	                      " 13.680.00
1 Oficial 1.o, Capitán o asimilado   "	1.920.00
1 Auxiliar 1.o, Teniente 1.o o
 asimilado                           "	1.500.00
1 Auxiliar 3.o, Alférez o asimilado  "	1.200.00
3 Escribientes de 2.a clase, Sargentos
 1.os o asimilados a pesos 720.00
 cada uno                            "	2.160.00 "  23.880.00   " 23.880.00

   Compensaciones:

 Para los Oficiales asimilados del Consejo,
Dirección, Contaduría, Tesorería,
Adquisiciones. - Suministro, Contralor y
Estadística. - Almacenes y Transportes. -
Talleres e Inspección, en la proporción que
se establece en la planilla N.o 33, con
excepción del personal obrero, que ya tiene
compensación asignada en la presente planilla 	 $  45.060.00 " 45.060.00

   Cantinas Militares. - Sueldos:
	
(Esta planilla se pagará con cargo a	
proventos de las Cantinas Militares)

1 Director General, Teniente Coronel o	
asimilado 		                  $ 3.420.00
1 Guardalibros, Mayor o asimilado	
(Contador) 		                  " 2.700.00	
1 Jefe de Almacenes, Mayor o asimilado
 (al vacar, Capitán o asimilado)      " 2.700.00	 
2 Inspectores, Mayores o asimilados a
 $ 2.700.00 cada uno (al vacar,
 Tenientes 1.os o asimilados)         " 5.400.00		
1 Auxiliar 1.o de Almacenes, Capitán o
 asimilado, (al vacar, Teniente 1.o o
 asimilado)		                  " 1.920.00 	
1 Auxiliar 1.o de la Dirección, 
 Capitán o asimilado (al vacar
 Teniente 1.o o asimilado) 		   " 1.920.00
3 Auxiliares 2.os de la Dirección,
 Tenientes 1.os o asimilados a $
 1.500.00 cada uno (al vacar, 
 Tenientes 2.os o asimilados) 	   " 4.500.00
1 Cantinero Volante, Teniente 1.o o
 asimilado (al vacar, sin asimilación,
 con un sueldo de $ 1.380.00 	        " 1.500.00
1 Encargado de la Cantina Central 	   " 1.200.00
1 Ayudante de la Cantina Central 	   "   600.00 
3 Peones a $ 600.00 cada uno          " 1.800.00 	

    Compensaciones:

Que se pagarán con cargo a proventos de
Cantinas Militares, para el personal
militar o asimilado con derecho a ellas,
de acuerdo con esta planilla y en la
proporción que se establece en la planilla
N.o 33 ..                             $ 5.760.00

   Grupo de Explotación. - Sueldos:

1 Teniente 1.o (planilla N.o 33)
1 Teniente 2.o (ídem)
1 Sargento 1.o (ídem)
2 Sargentos (ídem)
3 Cabos (ídem)
15 Peones, asimilados a Soldado, a $ 600.00 c/u
 (Cada vacante de peón que se produzca, será
 llenada por 2 soldados)                              " 9.000.00   " 9.000.00
 	
   Personal de servicio. - Sueldos:

1 Conserje                             $    600.00
2 Telefonistas, a $ 600.00 c/u         "  1.200.00
3 Porteros, a $ 600.00 c/u             "  1.800.00
3 Mensajeros, a $ 600.00 c/u 	         "  1.800.00
4 Capataces, a $ 600.00 c/u 	         "  2.400.00
2 Serenos de Almacenes a $ 600.00 c/u  "  1.200.00	
20 Peones de Almacenes, a $ 600.00 c/u " 12.000.00	
10 Choferes, a $ 840.00 c/u 	         "  8.400.00 
1 Mecánico                             "  1.200.00  " 30.600.00  " 30.600.00 

   Compensación:

Para 1 Mecánico  	                                 "    300.00  "    300.00

   Taller de Sastrería.- Sueldos:

1 Capataz Sastre 	          $    1.200.00
1 Cortador	               "    1.200.00
1 Pompier 	               "	1.200.00
1 Oficial Gorrero 	 ..	     "    1.200.00  $   4.800.00  "  4.800.00

   Compensaciones:

Para 1 Capataz Sastre, 1 Cortador
 y 1 Pompier, a pesos 300.00 cada uno	    "     900.00  "    900.00
 
   Taller de Herrería. - Sueldos:

1 Capataz                           $   1.200.00
2 Oficiales, a $ 1.200.00 c/u       "  	2.400.00
2 Oficiales Hojalateros, a 
 $ 1.200.00 c/u                     "   2.400.00 
1 Medio Oficial Herrero  	      "     600.00  "   6.600.00  " 6.600.00

   Compensaciones:

Para 1 Capataz, 2 Oficiales y 2
 Oficiales Hojalateros, a $ 300.00
 cada uno.                                        "   1.500.00  " 1.500.00

   Taller de Carpintería. - Sueldos:

1 Capataz		               $ 1.200.00
4 Oficiales, a $ 1.200.00 c/u	" 4.800.00  "	6.000.00   " 6.000.00

   Compensaciones:

Para 1 Capataz y 4 Oficiales, a $          
300.00 c/u                                "   1.500.00  " 1.500.00

   Taller de Electricidad. - Sueldos:

1 Capataz	                           $ 1.200.00
2 Oficiales, a $ 600.00 c/u 		  " 1.200.00 " 2.400.00  " 2.400.00

   Compensación:

Para el Capataz  	                            "   300.00  "   300.00

   Taller de Talabartería. - Sueldos:

1 Capataz	                          $  1.200.00
1 Oficial	                          "  1.200.00
4 Medios Oficiales Talabarteros, a 
$ 600.00 c/u                        "  2.400.00  " 4.800.00  " 4.800.00

   Compensaciones:
		
Para 1 Capataz	y 1 Oficial, a $ 300.00 c/u 		"	600.00  "   600.00

   Taller de Zapatería. - Sueldos:
		
1 Maestro Zapatero 			        $ 1.380.00
9 Oficiales Zapateros, a	$ 600.00 c/u "	5.400.00 "  6.780.00  " 6.780.00
		
   Taller de Compostura de Instrumentos. - Sueldos:
		
1 Compositor de Instrumentos 	   $ 1.380.00
1 Ayudante del Compositor de 
Instrumentos		             "   600.00  "1.980.00 " 1.980.00

   Equipo de Perforaciones. - Sueldos:

1 Capataz		                  "   960.00
1 Peón Ayudante 			   "   720.40  " 1.680.00 " 1.680.00

1 Químico, $ 2.400.00 (ley 16 de 
 Julio de 1928). Este sueldo se
 paga con varios rubros de la planilla
 N.o 57 "Varios Gastos".
		
   Gastos:
		
Del cargo del Presidente del 
Consejo	                    "     960.00  "    960.00
Del cargo del Intendente 	"	 960.00  "    960.00
Locomoción del Intendente 	"	 480.00  "    480.00
Inspecciones		          "   1.200.00                      $   1.200.00
Quebrantos de Caja 		 	"     288.00                      "     288.00
Jornales de Talleres 		"  12.236.80                      "  12.236.80
Locomoción de mensajeros 	"     144.00                      "     144.00

  Total de esta planidda	     $ 337.388.80  $ 323.520.00        $  13.868.80

                              PLANILLA N.o 56:

                Imprenta del Ministerio de Defensa Nacional

   Sueldos:

1 Director (al vacar, $ 2.700.00)	  $	3.420 00	
1 Jefe Taller Tipografía 		  "	1.500.00
1 Impresor	                      "	1.380.00
3 Tipógrafos, a $ 1.200.00 c/u       "	3.600.00
1 Jefe Taller Encuadernación 		  "	1.380.00
2 Minervistas, a $ 1.200.00 c/u	  "	2.400.00
3 Encuadernadores a $ 1.200.00 c/u   "	3.600.00
1 Corrector 		                 "	1.200.00
1 Auxiliar	                      "	  840.00
1 Mecánico	                      "	1.200.00 $ 20.520.00 $ 20.520.00

   Gastos:

Impresión de la Revista Militar y Naval            "  3.240.00   $  3.240.00
    Total de esta planilla 	       $  23.760.00  $ 20.520.00   $  3.240.00

                            PLANILLA N.o 57
 
                             Varios gastos

        A) EJERCITO
Alquileres y reparaciones de edificios militares y 
arrendamientos de servidumbre de polígonos 			$   33.300.00
Alumbrado 		                                   "   38.400.00
Agua 			                                   "   16.000.00
Efectos de higiene y limpieza 			          "   20.000.00
Servicio telefónico 			                    "    7.200.00
Pasajes y fletes 			                         "   28.000.00
Gastos de transportes 		                         "   16.000.00
Honras fúnebres 			                         "    4.000.00
Utiles para el Ejército 		                         "	8.000.00
Vestuario, equipo y menaje 			               "  136.260.14
Forrajes, pastoreo y herraduras		               "  260.500.00
Ampliación y construcción de edificios militares	     "   88.800.00
Compra de caballos 			                         "   12.000.00
Nafta y lubricantes para la Escuela Militar de
Aviación 			                                   "   12.000.00
Raciones para Oficiales y asimiliados que 
actualmente las perciben y sujetas a lo		
dispuesto en la ley de Agosto 6 de	1931 a $ 144 c/u    "   31.680.00 		
Raciones para 210 Cadetes y Aspirantes de la Escuela
Militar a $ 144.00 cada uno		                    "   30.240.00
Raciones para el personal de tropa y asimilado a		
tropa a $ 86.40 c/u 			                    "  614.304.00
Compensaciones para Brigadas a $ 120.00 cada una;
 Cocineros a $ 96.00 cada uno, y 2.os Cocineros a
 $ 48.00 cada uno  	                                   "   10.920.00
Compensaciones para quinteros 	                    "	4.000.00
Para compensación de bandas del Ejército, gastos de
 papel y música                                        "   22.080.00
Compensación por equipo: para el Inspector General del 
 Ejército, $ 240.00; Inspectores de Armas y Escuelas; 
 Jefe y Subjefes del Estado Mayor del Ejército; Jefes
 de Regiones Militares; Jefes y 2.o Jefes de Unidades;
 Directores y Subdirectores de Escuelas; Edecanes de la
 Presidencia; Ayudantes del Ministro de Defensa
 Nacional; Ayudantes del Inspector General del Ejército;
 Ayudantes del Estado Mayor del Ejército; Director,
 Jefes de Sección, Operadores, Ayudantes y Subayudantes
 del Instituto Geográfico Militar; Jefe del Cuerpo,
 Jefes de Cursos y Oficiales del cuadro permanente de
 la Escuela Militar; Jefes de los Cursos y Profesores de 
 Caballería y Artillería de la Escuela Militar de
 Aplicación; Aviadores Militares y Alumnos de la Escuela
 Militar de Aviación; Oficiales de Caballería,
 Artillería e Ingenieros que prestan servicios en
 Cuerpos de tropa del Ejército a $ 96.00 cada uno      " 36.650.00	
Gastos de oficina y eventuales para las unidades del
 Ejército                                              " 11.136.00
 Servicio de peluquería para las unidades del
 Ejército, a $ 174.00 cada una por compañía, batería o
 escuadrón                                             " 14.820.00
 Compostura de herramientas y útiles para las
 unidades de Ingenieros                                "    576.00
	
    Para el Cuerpo de Comunicaciones:

Luz y reparación de estaciones radiotelegráficas       "    384.00  	
Bencina, aceite y estopa 	                         "  1.152.00
Materiales y gastos de taller 	                    "    384.00
Locomoción para inspecciones y gastos de Comisión del
 Personal                                              "    672.00   	
Manutención de palomas, compra de útiles, medicamentos
 y eventuales                    " 1.200.00   $ 1.460.658.14   $ 1.460.658.14  

                 B) INSPECCION GENERAL DE MARINA

Reparación de edificios navales y	alquileres		$   6.300.00
Agua 			                                   "   3.200.00
Alumbrado 			                              "   2.400.00
Servicio telefónico 		                         "	 960.00
Pasajes y fletes 			                         "     320.00
Combustibles y lubricantes	                         "  33.600.00
Materiales e imprevistos 			               "  24.000.00
Materiales navales	                                   "   3.200.00
Vestuario, equipo y menaje 		                    "  28.000.00
Efectos de higiene y limpieza 			          "   3.000.00
Utiles para la Marina 			                    "   1.120.00
Raciones para Oficiales del Cuerpo General y asimilados
 de la Policía Marítima, que actualmente las perciben y 
 sujetas a lo dispuesto por la ley 6 de Agosto de
 1931, a $ 144.00 cada uno                             "   3.024.00 		
Raciones para 30 Aspirantes a $ 144.00 cada uno 		"   4.320.00
Raciones para Suboficiales, Cabos, Marineros,
 Aprendices, Tipógrafos y Vigías a $ 86.40 cada uno    "  72.576.00
Servicio de peluquería 			                    "     240.00
Servicio de cocina (compensaciones de $
 8.00 mensuales) 			          $ 192.00  "  186.452.00  " 186.452.00

                               C) VARIOS GASTOS

Eventuales y extraordinarios 	      $ 16.000.00
De reclutamiento 		           "  4.000.00
Compra de material, herramientas y 
municiones                          " 28.000.00
Locomoción para los Jueces de
Instrucción                         "    960.00
Envío de misiones de estudio	      "  9.600.00 "    58.560.00    " 58.560.00

            Total de esta planilla              $ 1.705.670.14 $ 1.705.670.14

            PRESUPUESTO DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
                                  RESUMEN

			                                      Gastos		
      	                                Totales       Fijos      Variables
Planilla N.o 32-Ministerio 	   $   218.254.00 $   178.102.00  $   40.152.00
Planilla N.o 33-Personal del
 Ejército 		             " 4.331.522.00 " 4.331.522.00		
Planilla N.o 33-"A" 		        97.198.00 "    97.198.00		
Planilla N.o 34-Inspección General
 del Ejército                    "	   31.516.00 "    25.020.00 "	   6.496.00
Planilla N.o 35-Regiones Militares
 del 1 al 4	                  "     5.932.00 "     2.668.00 "	   3.264.00
Planilla N.o. 36-Alta Corte de 
Justicia (Miembros Militares)	   "     1.344.00 "	    1.344.00			
Planilla N.o 37-Consejo Supremo
 de Guerra y Marina              "     2.664.00 "	    2.472.00 "	     192.00
Planilla N.o 38-Consejo de Guerra
 Permanente	                  "     1.872.00 "	    1.680.00 "      192.00 Planilla N.o 39-Juzgado	Militar
de Instrucción	                  "     2.736.00 "	    2.544.00 " 	192.00
Planilla N.o 40-Fiscalías Militares"   2.136.00 "	    1.944.00 "	     192.00
Planilla N.o 41-Comisión Calificadora
 de Servicios Militares
 e Inspección de Armas	        "     3.192.00 "	    2.520.00 " 	672.00
Planilla N.o 42-Instituto 
 Geográfico Militar              "	   32.832.00 "	   22.848.00 "    9.984.00
Planilla N.o 43-Arsenal de Guerra"    93.751.20 "	   81.511.20 "   12.240.00
Planilla N.o 44-Escuela Militar  "    82.992.00 "	   80.592.00 "    2.400.00
Planilla N.o 45-Escuela Militar 
de Aplicación                    "    31.913.20 "    29.838.00 "    2.075.20  
Planilla N.o 46-Escuela Militar de 
 Aviación                        "    48.140.00 "    41.676.00 "    6.464.00
Planilla N.o 47-Escuela Superior
 de Guerra                       "     6.620.00 "       480.00 "    6.140.00    
Planilla N.o 48-Escuela de
 Especialización de Ingenieros   "       960.00                "      960.00
Planilla N.o 49-Dirección de los
 Servicios de Radiocomunicaciones"    77.312.00 "    69.156.00 "    8.156.00
Planilla N.o 50-Construcciones
 Militares                       "    17.388.00 "    15.180.00 "    2.208.00
Planilla N.o 51-Servicio 
Veterinario y de Remonta y
Dirección de los Campos Militares"    42.488.00 "    37.920.00 "    4.568.00
Planilla N.o 52-Personal de la
 Inspección General de Marina    "   705.552.00 "   705.552.00 	
Planilla N.o 53-Inspección General
 de Marina y sus Dependencias    "   431.110.00 "   358.230.00 "   72.880.00
Planilla N.o 54 Sanidad Militar  "   428.221.60 "   335.469.60 "   92.752.00
Planilla N.o 55-Intendencia 
 General del Ejército y la Marina"   337.388.80 "   323.520.00 "   13.868.80
Planilla N.o 56-Imprenta del
 Ministerio de Defensa Nacional  "    23.760.00 "    20.520.00 "    3.240.00
Planilla N.o 57-Varios gastos    " 1.705.670.14                "1.705.670.14  
               Total:            $ 8.764.464.94 $ 6.769.506.80 $ 1.994.958.14
(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 5 y 7.

Artículo 3

   Incorpórase a la planilla número 8 del Presupuesto General de Gastos, "Ministerio del Interior", la siguiente partida:
   "Gastos:
   Item N.o... Contribución a la Sanidad Militar, por los servicios que ésta presta a la Policía, $ 8.000.00.
   Esta partida deberá ser liquidada por la Contaduría General de la Nación, mensualmente y por duodécimos, en la Planilla de la Sanidad Militar."

Artículo 4

   El personal del Ministerio de Defensa Nacional se clasifica en tres
grupos:

   1.o Personal combatiente; 
   2.o Personal auxiliar; 
   3.o Personal civil.

   El primer grupo está formado por los Oficiales y Tropa de las distintas armas; el segundo, por los Oficiales y Tropa de los Cuerpos de los Servicios Auxiliares; y el tercero, por los funcionarios administrativos de todas las dependencias del Ministerio de Defensa Nacional.
   Todo este personal tiene derecho de asistencia por la Sanidad Militar, en las mismas condiciones que se ha cumplido hasta la fecha.

Artículo 5

   Los actuales empleados asimilados, que ocupen cargos que aparezcan sin asimilación en las planillas que se establecen en el artículo 2.o, no
perderán su calidad de tales, ni aun cuando asciendan, debiendo percibir, hasta su cese, el sueldo correspondiente a la asimilación.

Artículo 6

   Para la provisión de las vacantes que se produzcan, se preferirá a militares o marinos en "actividad" o "retiro". Cuando se provean con 
militares en "actividad", se liquidará a éstos el importe del sueldo y compensación correspondientes a su jerarquía, distribuyéndose las economías que se obtengan por sueldos y compensaciones de los empleados sustituídos, en la forma que se establece en el artículo 10 de esta ley. Cuando se provean
con militares o marinos retirados, cargos que deban ser ocupados por
militares o marinos, en la Justicia Militar o de carácter sedentario en la Administración Militar, Sanidad Militar y reparticiones del Ejército y la Marina que tengan ese mismo carácter a juicio del Poder Ejecutivo percibirán éstos los sueldos y las compensaciones correspondientes a su jerarquía. En caso de que el cargo a ocupar sea el de funcionario civil en la
Administración Pública, se estará a lo dispuesto en el decreto-ley del 28 de Abril de 1933.

Artículo 7

   Las personas ajenas al escalafón, que por excepción se designen para
ocupar cargos comprendidos en el presupuesto que se establece en el artículo 2.o, tendrán carácter de civiles y serán remuneradas con las dotaciones que fijaba el Presupuesto General de Gastos vigente en la fecha de sanción de la ley de 16 de Noviembre de 1926.

Artículo 8

   Las mujeres que ocupan actualmente puestos en la Intendencia General del Ejército y la Marina, no tendrán asimilación alguna, debiéndose, no obstante, liquidarles los sueldos más el importe de sus actuales compensaciones.

Artículo 9

   El Poder Ejecutivo podrá reforzar los rubros de gastos correspondientes a las planillas del Ministerio de Defensa Nacional, con el importe previsible
de las economías a obtenerse en los demás rubros de gastos del mismo Departamento.

Artículo 10

   Las economías que se obtengan en los rubros correspondientes a "sueldos", "compensaciones militares" y "equipo", se distribuirán: el 20 % a Rentas Generales; el 30 % a la Caja de Pensiones Militares; y el 50 % restante, a mejoramiento de los servicios y materiales del Ejército y la Marina.

Artículo 11

   Los proventos de la Escuela Militar de Aviación, Dirección de los
Servicios de Radiocomunicaciones, Arsenal de Marina, Arsenal de Guerra e Imprenta del Ministerio de Defensa Nacional, podrán ser destinados por el Poder Ejecutivo al mantenimiento, ampliación y perfeccionamiento de esos mismos servicios. Sin embargo, de los proventos radiotelegráficos, se podrá destinar hasta el 30 % para las reparaciones del local de la Dirección de los Servicios de Radiocomunicaciones y de las estaciones dependientes del Cuerpo de Comunicaciones, así como para compensar a los telegrafistas, no pudiendo ser las compensaciones de éstos, sumadas con los sueldos, mayores que el que tienen asignados los Telegrafistas del Telégrafo Nacional.
   Los saldos, con excepción de los correspondientes a la Dirección de los Servicios de Radiocomunicaciones, después de haber cubierto los servicios respectivos, se verterán en la Caja de Pensiones Militares.

Artículo 12

   Los proventos del Servicio Oceanográfico y Pesca, incluídos los que se obtengan por la matanza de lobos, se destinarán al mantenimiento y perfeccionamiento de los servicios de explotación y de investigaciones oceanográficas.

Artículo 13

   El producido por la venta de cartas y de publicaciones del Instituto Geográfico Militar, se destinará a nuevas impresiones y a la adquisición de cartas.

Artículo 14

   El producido de la explotación de los Campos Militares, se destinará a mejorar las instalaciones y a la adquisición de herramientas y útiles para
los mismos, así como a disminuir los gastos en las partidas de forraje,
pastoreo y raciones, imputándose las economías que por tal concepto se realicen a la adquisición de material, aparatos, etc., para el Ejército.

Artículo 15

   El 75 % del producido líquido de las Cantinas Militares, se destinará a reforzar el capital de las mismas; y el 25 % restante, a instalación y
mejoras de salas de lectura, gimnasios y juegos de sport para el personal de tropa del Ejército y Cuerpo de Equipaje de la Marina.

Artículo 16

   Las economías que se produjeren en el rubro "Material docente" de la Escuela Militar, serán destinadas: el 50 % para fomento de biblioteca y gabinetes; y el 50 % restante, para Rentas Generales.

Artículo 17

   Las disposiciones contenidas en las leyes de 25 de Junio de 1908 y 11 de Setiembre de 1916, con respecto a la inembargabilidad de sueldos, jubilaciones, pensiones, retiros, etc., no rigen para las operaciones que se realicen con las Cantinas Militares. Las oficinas que pasan a prestar
servicios o las Cajas de Jubilaciones que sirven las pasividades de los deudores de Cantinas, deben efectuar los descuentos que, con cargo a las mismas, mensualmente le solicite la Intendencia. En ningún caso, las cuotas a descontarse excederán del 10 % de las deudas que los causantes tengan con las referidas Cantinas.

Artículo 18

   La Escuela Militar podrá recibir alumnos en el Curso de Aspirantes. Estos abonarán la cuota que el Poder Ejecutivo fije, la que se destinará a gastos
de manutención, erogaciones docentes, ampliación de servicios, etc., de la misma.

Artículo 19

   Los Oficiales egresados reglamentariamente de los cursos de las Escuelas Militar y Naval, ingresarán directamente los primeros, a la Planilla N.o 33 "Personal del Ejército", y los segundos, a la Planilla N.o 52 "Personal de la Inspección General de Marina".

Artículo 20

   Los Jefes de Cursos y Oficiales Profesores de las Escuelas Militares que
no tengan otro "destino" que el indicado, sólo percibirán las compensaciones que figuren en las planillas respectivas.

Artículo 21

   Los Oficiales en "misión en el extranjero" percibirán, como suplementos a sus asignaciones respectivas, una cantidad igual al 50 % del monto de su sueldo militar y compensaciones correspondientes. Los "Agregados" militares o navales percibirán estas asignaciones en oro, con cargo a la ley de 13 de Octubre de 1922.

Artículo 22

   Los Oficiales de Administración de la Marina, son asimilados.

Artículo 23

   Autorízase al Poder Ejecutivo para tomar de "Rentas Generales" hasta la cantidad de $ 45.000.00 para la compra o instalación de un establecimiento de panificación, para uso del Ejército y la Marina y de la Policía de la
Capital.
   Las economías que se obtengan por el funcionamiento de este nuevo
servicio, durante el primer año, en los rubros "Raciones para Cadetes y
Aspirantes" de la Escuela Militar, "Raciones para el personal de tropa y
asimilado a tropa", "Raciones para Aspirantes", de la Escuela Naval,
"Raciones para Suboficiales, Cabos, Marineros, Aprendices, Tipógrafos y 
Vigías de la Marina" (Planilla N.o 57. Varios gastos), se afectarán para el mantenimiento y ampliaciones del referido establecimiento.

Artículo 24

   La Contaduría General de la Nación liquidará los sueldos, compensaciones, asignación de mesa y equipo de los Oficiales del Ejército y la Marina en las planillas respectivas, teniendo en cuenta los aumentos y disminuciones que en el número de aquéllos se hayan producido o se produzcan por causas legales.

Artículo 25

   La Contaduría General de la Nación liquidará a la Inspección General de Marina, los rubros correspondientes a "Balizamiento", "Presupuesto del Vapor Balizador C-9" y "Funcionamiento de los Faros (Gastos)", establecidos en el artículo 14 de la ley número 8343 del 19 de Octubre de 1928 y 1/10 y 1/15 de los rubros "Viáticos y locomoción", "Gastos de oficina", "Adquisición de Utiles", "Alquileres" y "Partida anual para conservación del material flotante', respectivamente, establecido en el mismo artículo de la citada ley.

Artículo 26

   (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Ley Nº 9.461 de 31/01/1935 artículo 40.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 9.333 de 26/03/1934 artículo 26.

Artículo 27

   (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Ley Nº 9.461 de 31/01/1935 artículo 40.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 9.333 de 26/03/1934 artículo 27.

Artículo 28

   Este presupuesto regirá desde el 1.o de Marzo del corriente año.

Artículo 29

   Comuníquese, etc.

TERRA - ANDRES F. PUYOL
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