ACTUALIZACION DE LA NORMATIVA VIGENTE EN MATERIA DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL




Promulgación: 18/09/2019
Publicación: 25/09/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.

Artículo 26-BIS

   Establécese como tope máximo de multa por exceso de
   velocidad, por cruce de semáforos en forma no autorizada y por
   realizar adelantamientos en zonas prohibidas, en rutas nacionales, la
   suma de 10 UR (diez unidades reajustables). En base a dicho tope se
   fijarán las graduaciones que correspondan.(*)


(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículo 313.
Ver vigencia:
      Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículo 3,
      Ley Nº 20.212 de 06/11/2023 artículo 2.
Anteriormente agregado/s por: Ley Nº 20.212 de 06/11/2023 artículo 287.
Reglamentado por:
      Decreto Nº 181/025 de 02/09/2025,
      Decreto Nº 176/024 de 20/06/2024.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 20.212 de 06/11/2023 artículo 287.
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