LEY INTEGRAL CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS. ACTUALIZACION DE LA NORMATIVA VIGENTE.DEROGACION DE ARTICULOS DEL DECRETO LEY 14.294 Y LEYES 17.835, 18.494, 18.914 Y 19.149
(Medidas simplificadas de debida diligencia).- Los
sujetos obligados podrán aplicar, en los supuestos y con las
condiciones que se determinen reglamentariamente, medidas
simplificadas de debida diligencia respecto de aquellos clientes,
productos u operaciones que comporten un riesgo reducido de lavado de
activos o financiamiento del terrorismo. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 20.469 de 19/03/2026 artículo 1.
Incisos 2º), 3º) y 4º) anteriormente agregado/s por: Ley Nº 19.889 de
09/07/2020 artículo 225.
Ver en esta norma, artículo:21.
TEXTO ORIGINAL:
Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 225,
Ley Nº 19.574 de 20/12/2017 artículo 17.