(Equivalencia funcional de la identificación digital).- La Unidad de Certificación Electrónica definirá los niveles de seguridad que proporcionen a la identificación digital el mismo valor y efecto jurídicos que la identificación presencial. (*)
(*)Notas:
Agregado/s por: Ley Nº 19.535 de 25/09/2017 artículo 28.
Reglamentado por: Decreto Nº 70/018 de 19/03/2018.