SEGURIDAD SOCIAL. REFORMA DEL REGIMEN DEL SERVICIO DE RETIROS Y PENSIONES POLICIALES




Promulgación: 24/10/2008
Publicación: 17/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 2003
Reglamentada por: Decreto Nº 343/011 de 28/09/2011.
Referencias a toda la norma

TITULO III - DEL REGIMEN DE TRANSICION

Artículo 37

 (Prestaciones).- Las prestaciones serán, el retiro común, que se regirá
por lo dispuesto en el artículo siguiente, el retiro por incapacidad total
y por incapacidad por acto directo de servicio, que se regirán
respectivamente por lo dispuesto en los artículos 7º y 8º de la presente
ley.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 58 y 63 (vigencia).
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