SEGURIDAD SOCIAL. REFORMA DEL REGIMEN DEL SERVICIO DE RETIROS Y PENSIONES POLICIALES




Promulgación: 24/10/2008
Publicación: 17/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 2003
Reglamentada por: Decreto Nº 343/011 de 28/09/2011.
Referencias a toda la norma

TITULO I - AMBITO DE APLICACION
CAPITULO UNICO - AMBITO SUBJETIVO Y CONTINGENCIAS CUBIERTAS

Artículo 3

 (Gestión).- La gestión del sistema estará a cargo del Servicio de Retiros
y Pensiones Policiales, subordinado a la Dirección Nacional de Asistencia
Social Policial, la que, a partir de la vigencia de esta ley, pasa a
denominarse Dirección Nacional de Asistencia y Seguridad Social Policial.
Anualmente el Ministerio del Interior efectuará un reporte de la gestión
realizada por la Dirección Nacional de Asistencia y Seguridad Social
Policial con respecto al Servicio de Retiros y Pensiones Policiales, el
que será elevado al Poder Ejecutivo.


(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 58 y 63 (vigencia).
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