La suma total que corresponda a cada candidatura a la Presidencia de
la República será distribuida en la forma y los porcentajes siguientes:
a) El 20% (veinte por ciento) será entregado al candidato a la
Presidencia de la República.
b) El 40% (cuarenta por ciento) será distribuido entre todas las
listas de candidatos a Senadores del Lema, entregándose el importe
correspondiente al primer titular de cada una de ellas. La
distribución se hará en forma proporcional a los votos obtenidos por
cada lista al Senado.
c) El 40% (cuarenta por ciento) será distribuido entre todas las
listas de candidatos a la Cámara de Representantes del Lema,
entregándose el importe correspondiente al primer titular de cada una
de ellas. La distribución se hará en forma proporcional a los votos
obtenidos por cada lista a la Cámara de Representantes.(*)