APROBACION DE LA ESTRUCTURA ORGANICA DE LA CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS




Promulgación: 07/01/2004
Publicación: 27/01/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 30
Referencias a toda la norma

TITULO VI - DE LAS PRESTACIONES
CAPITULO III - SUBSIDIOS
SECCION II - SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD TEMPORAL Y GRAVIDEZ

Artículo 98

 (Solicitud del subsidio por gravidez).- El subsidio por gravidez podrá 
solicitarse entre los cuarenta y cinco días antes de la fecha probable 
del parto y hasta los treinta días posteriores a él.
La solicitud presentada fuera del plazo antes mencionado importará la 
caducidad del derecho al mismo.
El goce de este subsidio es incompatible con la continuación del 
ejercicio libre de la profesión de la afiliada.(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 99 y 152 (vigencia).
Referencias al artículo
Ayuda