AUTORIZACION DE PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. POLIMEROS URUGUAYOS S.A.




Promulgación: 06/06/2001
Publicación: 11/06/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 1558
Reglamentada por:
      Decreto Nº 495/001 de 17/12/2001,
      Decreto Nº 229/001 de 20/06/2001.
Referencias a toda la norma

Artículo 1

 Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender la 
cobertura del Seguro por Desempleo a los trabajadores de la empresa 
Polímeros Uruguayos S.A., afectados por la situación de la referida 
empresa, en los términos, plazos y condiciones que establezca la 
reglamentación, pudiendo dejar sin efecto los beneficios que se concedan 
en tanto se revierta la situación de dicha empresa. El Ministerio de 
Trabajo y Seguridad Social podrá ejercer esta facultad hasta un plazo 
máximo de doce meses. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.
Referencias al artículo

Artículo 2

 La ampliación del plazo de la prestación de desempleo que sea otorgada 
en virtud de las facultades que se conceden en el artículo 1º de la 
presente ley, alcanzará a todos los trabajadores que hayan agotado el 
plazo máximo de cobertura (artículos 7º y 10 del decreto-ley Nº 15.180, 
de 20 de agosto de 1981), así como aquellos que aún continúen en el goce 
del referido beneficio. La ampliación del plazo de la prestación 
comenzará a regir a partir del mes inmediato posterior al cese respectivo 
del subsidio en todos los casos.

Referencias al artículo

BATLLE - JUAN MA. BOSCH - ALBERTO BENSION



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