REGULACION DE LAS PASANTIAS LABORALES PARA ALUMNOS DE EDUCACION TECNICO PROFESIONAL




Promulgación: 07/01/2000
Publicación: 24/01/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2000
  •    Página: 54
Reglamentada por: Decreto Nº 425/001 de 31/10/2001.
Referencias a toda la norma

Artículo 6

   Cada pasantía se cumplirá también durante un período máximo de doce
meses, en cada año lectivo, en entidades públicas y privadas, nacionales e
internacionales, cuyo giro esté vinculado a la naturaleza de los estudios
que esté cursando cada alumno, y que se encuentren al día en los pagos del
sistema de seguridad social. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 251.
Ver vigencia: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 2.
Ver en esta norma, artículo: 11.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 17.230 de 07/01/2000 artículo 6.
Referencias al artículo
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