(Obligación de denunciar). Los propietarios o tenedores de ovinos, a
cualquier título, están obligados a mantenerlos libres y a denunciar la
presencia o los indicios que hagan sospechar la misma de la
ectoparasitosis mencionada ante la Dirección de Sanidad Animal,
contribuyendo a su control de acuerdo a las disposiciones de la presente
ley y sus reglamentaciones.
Igual obligación les corresponde a los veterinarios que, en el
ejercicio de su profesión, sospecharan o comprobaran la infectación y a
todos los funcionarios idóneos dependientes del Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca.
El propietario o tenedor, a cualquier título, de un establecimiento que
estuviese libre de piojera ovina y hubiese sido invadido por ovinos
infectados deberá denunciar tal circunstancia de inmediato a la autoridad
sanitaria. (*)