TITULO III - DEL PRIMER NIVEL CAPITULO II - DE LAS PRESTACIONES POR VEJEZ, INVALIDEZ Y SOBREVIVENCIA
Artículo 15
(Clasificación de las prestaciones).- Las prestaciones por vejez,
invalidez y sobrevivencia, a cargo del Banco de Previsión Social, son las
jubilaciones, el subsidio transitorio por incapacidad parcial, las
pensiones, el subsidio para expensas funerarias y la pensión a la vejez e
invalidez.(*)
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 359/995 de 21/09/1995.
Ver en esta norma, artículos:62 y 66.