CREACION DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION AGROPECUARIA - POLITICA AGROPECUARIA




Promulgación: 06/10/1989
Publicación: 31/10/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 432
Referencias a toda la norma

CAPITULO VI - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 26

   El personal técnico y especializado del Instituto será designado
ordinariamente por concurso de oposición, méritos u oposición y méritos,
por períodos no mayores de cinco años renovables en las condiciones que
establezca el estatuto a que refiere el literal B) del artículo 12 de la
presente ley.
   El resto del personal será designado por el sistema de selección que
prevea dicho estatuto, atendiendo a las características de cada categoría.
   Respecto a la extinción de la relación laboral, el estatuto establecerá
las garantías de que gozará el personal del Instituto de modo que la
exoneración resulte fundada y se asegure el ejercicio del derecho de
defensa del empleado.
Referencias al artículo
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