CREACION DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION AGROPECUARIA - POLITICA AGROPECUARIA




Promulgación: 06/10/1989
Publicación: 31/10/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 432
Referencias a toda la norma

CAPITULO IV - REGIMEN FINANCIERO

Artículo 17

   Créase un impuesto adicional de hasta el 4 0/00 (cuatro por mil) al
tributo creado por el artículo 2 del Título 9 del Texto Ordenado 1987.

   A los efectos del adicional que se crea, extiéndese la nómina de los
bienes a que refiere el artículo mencionado en el inciso anterior, a la
leche, los productos de origen forestal, el ganado porcino, las aves y
otros productos derivados de la avicultura, la miel y las exportaciones
en estado natural y sin proceso de transformación, de los productos
hortícolas, fruticolas y citrícolas así como las de flores y semillas. (*)

(*)Notas:
Inciso 2º) redacción dada por: Ley Nº 16.320 de 01/11/1992 artículo 478.
Inciso 2º) redacción dada anteriormente por: Ley Nº 16.226 de 29/10/1991 
artículo 196.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 16.226 de 29/10/1991 artículo 196, Ley Nº 16.065 de 06/10/1989 artículo 17.
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