LEY DE SOCIEDADES COMERCIALES




Promulgación: 04/09/1989
Publicación: 01/11/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 190
Reglamentada por: Decreto Nº 335/990 de 26/07/1990.
Referencias a toda la norma

CAPITULO III - DE LOS GRUPOS DE INTERES ECONOMICO Y DE LOS CONSORCIOS
SECCION I - DE LOS GRUPOS DE INTERES ECONOMICO

Artículo 494

   (Administración y representación). El contrato organizará la
administración y representación. En su defecto se aplicará lo dispuesto
para las sociedades anónimas.
   En sus relaciones con los terceros, los administradores obligarán al
grupo por todo acto comprendido en su objeto.
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