PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1968 1972




Promulgación: 26/12/1967
Publicación: 30/01/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1967
  •    Página: 2362

Referencias a toda la norma

SECCION III
CAPITULO X - MINISTERIO DE CULTURA

Artículo 265

   Destínase hasta la suma de $ 18.000.000 (dieciocho millones de pesos)
para la atención, por la Federación Uruguaya de Ciclismo, de los gastos
que le demande la organización y realización del Campeonato Mundial de
Ciclismo que se efectuará en el país en el correr del año 1968.
   La Federación Uruguaya de Ciclismo rendirá cuenta documentada ante el
Ministerio de Cultura de los gastos que realice con cargo a esta partida.
   Los ingresos por todo concepto que perciba dicha Federación por la
realización del mencionado certamen, serán afectados en primer término, 
a cubrir el reintegro a Rentas Generales de las sumas adelantadas con cargo a la partida autorizada por este artículo.
   Destínase hasta la suma de $ 2:000.000 (dos millones de pesos) para
atender el déficit originado en la organización de la Sub-Sede de Salto del V Campeonato Mundial de Basket-Ball.
   El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición. (*)


(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 106/968 de 08/02/1968.
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