FEDERACION URUGUAYA DE CICLISMO. CAMPEONATO MUNDIAL DE CICLISMO. FINANCIACION




Promulgación: 08/02/1968
Publicación: 13/02/1968

Resumen:

Reglaméntase el artículo 265 de la Ley Nº 13.640 (Presupuesto Nacional de Sueldos, Gastos e Inversiones) de fecha 26 de diciembre de 1967 referente al otorgamiento de determinada suma a la Federación Uruguaya de Ciclismo, para atender gastos qe demande la realización del Campeonato Mundial.
Reglamentario/a de: Ley Nº 13.640 de 26/12/1967 artículo 265.


		
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