Los cargos vacantes de Subdirector de Establecimiento, de Director
Administrativo de Hospital Penintenciario, de Inspector General y
de Asesor Instructor del Cuerpo General de Vigilancia de la Dirección
Nacional de Institutos Penales, serán cargos de carrera y se proveerán
indistintamente con funcionarios del Programa 1.09 "Administración
Carcelaria" de acuerdo al orden jerárquico entre los funcionarios de los
distintos Subescalafones y según las normas generales de ascensos. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Ley Nº 14.416 de 28/08/1975 artículo 142.
Redacción dada anteriormente por:
Ley Nº 14.106 de 14/03/1973 artículo 132,
Ley Nº 13.737 de 09/01/1969 artículo 162.
TEXTO ORIGINAL:
Ley Nº 14.106 de 14/03/1973 artículo 132,
Ley Nº 13.737 de 09/01/1969 artículo 162,
Ley Nº 13.640 de 26/12/1967 artículo 225.