Declárase de utilidad pública la expropiación y la ocupación inmediata de los bienes que integran el activo patrimonial de las empresas Cuopar S. A., Montevideo Wool Import Export S. R. L., Langón S. A. y Nocera S. A. por el Estado.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 3 y 6.
BELTRAN - DARDO ORTIZ - JUAN E. PIVEL DEVOTO