REGLAMENTACION DE LA LEY Nº 17.703. FIDEICOMISOS




Promulgación: 11/12/2003
Publicación: 18/12/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 1505
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.703 de 27/10/2003 artículos 6, 12 y 17.
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - REGISTRO DE FIDEICOMISOS Y FIDUCIARIOS
SECCION II - FIDUCIARIOS PROFESIONALES

Artículo 13

   La información a la que refiere la Sección II del Capítulo I del 
presente Decreto deberá acompañarse de copia en soporte informático de 
acuerdo a las pautas que establezca el Banco Central del Uruguay. Dicha 
información completa será de libre acceso para el público y estarán 
disponibles en la página web del Banco Central del Uruguay.- (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 15.
Ayuda