REGLAMENTACION DE LA LEY Nº 17.844 RELATIVA AL FONDO DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO DE LA GRANJA




Promulgación: 23/12/2004
Publicación: 31/12/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 1532
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 17.844 de 21/10/2004,
      Ley Nº 17.503 de 30/05/2002 artículos 1, 3, 8 y 9 Derogada/o.
Referencias a toda la norma
VISTO: la Ley Nº 17.844 de 21 de octubre de 2004;

RESULTANDO: I).- que por la mencionada norma legal se modifican algunos
de los destinos del Fondo de Reconstrucción y Fomento de la Granja
(FRFG), creado por la Ley Nº 17.503 de 30 de mayo de 2002;

II) que dichos destinos se financiarán con la ampliación de la vigencia
del Impuesto al Valor Agregado a las frutas, flores y hortalizas que
establecía la Ley Nº 17.503 de 30 de mayo de 2002.

CONSIDERANDO: I) conveniente disponer los términos y reglamentar los
alcances previstos en el cuerpo legal, definiendo cada una de las
situaciones que abarcarán los aspectos especialmente contemplados, así
como la intervención que tendrán cada uno de los órganos que sonstituyan
el mecanismo operativo del Fondo;

II) necesario precisar la forma en que se llevará a cabo lo establecido
en el item 2) del artículo 1º de la ley Nº 17.844 de 21 de octubre de
2004;

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por el artículo 168º ordinal 4º
de la Constitución de la República:

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA

CAPITULO I - DESTINO DEL FONDO

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 219/002 de 14/06/2002 
artículo 1.

BATLLE - MARTIN AGUIRREZABALA - ISAAC ALFIE
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