VIVIENDAS PARA PASIVOS. VIVIENDAS CONSTRUIDAS CON DESTINO A JUBILADOS Y PENSIONISTAS DEL BPS - DEROGACION DE LA REGULACION DEL PROCESO DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS PARA PASIVOS DEL BPS




Promulgación: 01/11/2002
Publicación: 12/11/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 1339
Derogada/o por: Decreto Nº 397/009 de 24/08/2009 artículo 19.
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.292 de 25/01/2001 artículos 43, 44, 45 y 46 
Derogada/o.
Referencias a toda la norma
VISTO: lo dispuesto por los artículos 43, 44, 45 y 46 de la Sección VII 
del Título I de la Ley Nº 17.292 de fecha 25 de enero de 2001;

RESULTANDO: que los artículos indicados en el Visto del presente Decreto 
refieren al régimen de provisión, administración y conservación de 
soluciones habitacionales con destino a jubilados y pensionistas del 
Banco de Previsión Social previsto por el artículo 7º de la Ley Nº 15.900 
de 21 de octubre de 1987 y artículos 1º y 2º de la Ley Nº 17.217 de 24 de 
setiembre de 1999;

CONSIDERANDO: que se estima que corresponde reglamentar algunos aspectos 
de las normas indicadas en el Visto del presente Decreto;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo establecido por el artículo 
168 numeral 4º de la Constitución de la República;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

  (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 425/002 de 01/11/2002 artículo 1.

BATLLE - CARLOS CAT - ALEJANDRO ATCHUGARRY - ALVARO ALONSO


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