REGLAMENTACION A ENTIDADES PUBLICAS O PRIVADAS QUE DESARROLLEN ACTIVIDAD ASEGURADORA O REASEGURADORA DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL - DESMONOPOLIZACION
Registro de Mutuas. Efectos. Para poder registrarse ante la
Superintendencia de Seguros y Reaseguros deberán presentar, según
corresponda:
a) copia debidamente autenticada de sus estatutos y reglamentos internos.
b) estados contables actualizados, certificados por Contador Público.
c) nómina de sus asociados.
d) descripción de las actividades que actualmente realizan, y
e) detalle completo de los riesgos cedidos.
Las mutuas que no se hayan registrado en el plazo y condiciones
previstos precedentemente, no podrán continuar operando.(*)