REGLAMENTACION A ENTIDADES PUBLICAS O PRIVADAS QUE DESARROLLEN ACTIVIDAD ASEGURADORA O REASEGURADORA DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL - DESMONOPOLIZACION
Contratación de reaseguros. Las entidades aseguradoras instaladas en el
país debidamente autorizadas, podrán contratar reaseguros con empresas
instaladas o no en el país. Cuando la contratación de reaseguros se
efectúe con empresas reaseguradoras no instaladas en el país la
Superintendencia de Seguros y Reaseguros sólo aceptará los mismos cuando
la empresa reaseguradora cumpla con los requisitos que determine la
reglamentación.