ABANDONO DE MERCADERIAS EN ZONAS FRANCAS - INFRACCIONES ADUANERAS




Promulgación: 24/01/1995
Publicación: 01/02/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1995
  •    Página: 66
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - DECLARACION JURADA, INTIMACION Y VALOR IMPONIBLE

Artículo 5

      A la declaración jurada deberán acompañarse los siguientes
documentos, en original o copia autenticada:
1 - Constancia de intimación al deudor (copia del telegrama colacionado
    o ejemplares de publicación).
2 - Contrato celebrado entre las partes, si existiere por escrito.
3 - Factura de la mercadería entrada a zona franca.
4 - Conocimiento de embarque.
5 - Formulario de ingreso a zona franca o comprobante equivalente si el
    formulario no se usaba al momento del ingreso.
6 - Valor en Aduana de los bienes, mercaderías o materias primas
    declarados en abandono, de conformidad con el artículo 54 del Decreto
    Nº 454/988 de 8 de julio de 1988 en la redacción dada por el artículo
    14 del Decreto Nº 920/988 de 30 de diciembre de 1988. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 17.
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