APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE BCU. EJERCICIO 2014




Promulgación: 08/10/2013
Publicación: 16/10/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 1385

Artículo 16

 SEMANA MÓVIL. Para los funcionarios que realicen tareas de seguridad,
mantenimiento y conserjería se podrán fijar semanas laborales móviles, por
las que se percibirá una compensación mensual del 20% (veinte por ciento)
de sus remuneraciones personales de carácter permanente. Estos
funcionarios estarán sujetos a la reglamentación sobre descanso semanal
rotativo y otras resoluciones dictadas a tal efecto. (RD 454/2010 de 15 de
diciembre de 2010).

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 37 y 39.
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