Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.425 de 07/07/1983.
CAPITULO II - NORMAS SOBRE FORMULACION DE ESTADOS CONTABLES
Artículo 6
Se deberá incluir entre las notas explicativas que acompaña los estados
contables, una que contenga la siguiente información:
a) Pasivos en moneda extranjera al 25 de noviembre de 1982:
Importe
en moneda Importe
original en N$
Cuentas del pasivo en moneda extranjera ....... .....
Total pasivos en moneda extranjera .......
b) Tipos de cambio al cierre del ejercicio,
c) Pérdida de cambio originada por los pasivos en moneda extranjera
existentes al 25 de noviembre de 1982 en el período
comprendido entre dicha fecha y la de los pagos o de su revaluación
al cierre del ejercicio;
d) Monto de diferencia de cambio que se acoge a la ley 15.425;
e) Plazo por el cual se opta y monto de la cuota amortizante;
f) Detalle de movimiento de la cuenta "Diferencias de cambio ley
15.425".
Diferencias de cambio acogidas a la ley 15.425 ........
Diferencias de cambio absorbidas en ejercicios
anteriores .......
Subtotal .......
Diferencias de cambio que se absorben en el presente .......
ejercicio y
i) Cuota anual de acuerdo a la opción realizada .......
ii) Utilidades destinadas a disminuir el saldo .......
- Saldo a absorber en futuros ejercicios ....... (*)