VISTO: la ley N° 18.747 promulgada el 22 de abril de 2011;
RESULTANDO: que la mencionada ley impulsa incentivos para que los
productores agropecuarios contribuyentes del Impuesto a la Enajenación de
Bienes Agropecuarios puedan adaptarse para enfrentar futuros eventos de
sequía, facilitando el acceso al agua para uso productivo en los
establecimientos agropecuarios;
CONSIDERANDO: necesario reglamentar la antedicha disposición;
ATENTO: a lo expuesto,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA: