Reconocimiento del crédito.-
i) Requisitos previos que deben cumplir los productores beneficiarios:
cumplir con las disposiciones legales vigentes relacionadas con normas de
acceso al agua en el sector agropecuario por medio de autorizaciones de
las autoridades correspondientes.
ii) Para acceder al beneficio los productores agropecuarios deberán
presentar una propuesta de perfil de inversión ante las Oficinas
Departamentales de la Dirección General de Desarrollo Rural o las
Direcciones Regionales del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
y/o los Centros de Atención Ciudadana, que tendrán un monto mínimo de
4.000 Unidades Indexadas (impuesto al valor agregado incluido). Para ello
se utilizará un formulario que estará disponible en la web de la Dirección
General de Desarrollo Rural del Ministerio de Ganadería, Agricultura y
Pesca que permita identificar el tipo de inversión a realizar.
iii) Los productores que aspiran a obtener este beneficio fiscal
presentarán, una vez ejecutada la inversión, los originales y fotocopias
de la documentación de compras correspondiente, la que deberá cumplir con
los requisitos establecidos por las normas fiscales vigentes, e
individualizado el comprador con nombre y número de Registro Único de
Contribuyentes.
Esta documentación será remitida por parte de la autoridad local del
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a la Dirección General de
Desarrollo Rural en Montevideo para el análisis de su consistencia. Esta
dirección podrá solicitar información adicional a los productores que
aspiran a recibir el subsidio y/o instrumentar las inspecciones en terreno
por parte de técnicos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca en
todos los casos que considere necesario.