MODIFICACION DEL DECRETO 232/007 RELATIVO A LA DETERMINACION DEL IMESI A LOS CIGARRILLOS




Promulgación: 03/06/2009
Publicación: 08/06/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 1377
VISTO: el Impuesto Específico Interno que grava a los cigarrillos y
tabacos.

RESULTANDO: que es propósito del Gobierno Nacional adoptar todas aquellas
medidas que coadyuven a disminuir el tabaquismo a efectos de salvaguardar
la salud de la población.

CONSIDERANDO: I) que sin perjuicio de las tareas de educación y aumento de
la conciencia social sobre los riesgos de la referida adicción, se ha
constatado que el aumento de la tributación aplicable a dichos productos
ha demostrado ser un instrumento eficaz a los fines mencionados.

II) conveniente por tanto, disponer un incremento sustancial de la base
imponible del IMESI de los cigarrillos y tabacos, así como una adecuación
de la alícuota aplicable a estos últimos.

ATENTO: a lo dispuesto en los artículos 1º y 8º del Título 11 del Texto
Ordenado 1996.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 232/007 de 29/06/2007 
artículo 3 inciso 1º).

Artículo 2

 Fíjase los siguientes factores y tasas para la determinación del Impuesto
Específico Interno aplicable a los tabacos:

        Venta al Distribuidor     Venta al Minorista
Factor        1,96                     1.87
Tasa         50.00%                   50.00%

Artículo 3

 (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 273/009 de 08/06/2009 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 268/009 de 03/06/2009 artículo 3.

Artículo 4

 Las disposiciones establecidas en el presente decreto entrarán en
vigencia a partir del 8 de junio de 2009.

Artículo 5

 Comuníquese y publíquese.

TABARE VAZQUEZ - ALVARO GARCIA
Ayuda