REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 127 A 131, 142, 143 Y 144 DE LA LEY 19.276 (CODIGO ADUANERO) Y DEROGACION DE LOS DECRETOS 330/992, 399/001 Y 159/012




Promulgación: 04/07/2016
Publicación: 19/07/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Código Aduanero de 19/09/2014 artículos 127, 128, 129, 
130, 131, 142, 143 y 144.

CAPÍTULO I
RÉGIMEN DE MUESTRAS

Artículo 11

   (Incumplimiento).- La transgresión al régimen se considerará incumplimiento grave a los efectos de la responsabilidad administrativa del sujeto transgresor conforme con las disposiciones estatuidas en la Ley 19.276 de 19 de setiembre de 2014, Código Aduanero de la República Oriental del Uruguay, sin perjuicio de las responsabilidades fiscales, infraccionales aduaneras y penales que puedan corresponder.
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