INTERMEDIACION FINANCIERA - REGIMEN DE REFINANCIACION DE DEUDAS - EMPRESAS DEUDORAS




Promulgación: 07/05/1992
Publicación: 26/05/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1992
  •    Página: 406
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.243 de 05/03/1992.

TITULO II - TRAMITE DE LAS SOLICITUDES DE REFINANCIACION
SECCION II - TRAMITE A DAR A LA SOLICITUD

Artículo 17

    Con la información recibida y la suya propia el Banco de la República
Oriental del Uruguay confeccionará un listado general de la situación de
los deudores y sus acreedores, y lo remitirá a éstos para la
categorización, y determinación del crédito. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 24.
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