REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 5º, 7º Y 12 DE LA LEY 19.952, RELATIVA AL PROGRAMA "OPORTUNIDAD LABORAL". APLICACION DEL "REGIMEN DE CONTRATACION DE LOS BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA OPORTUNIDAD LABORAL Y SUS PAUTAS DE EJECUCION", APROBADO POR DECRETO 164/021




Promulgación: 17/05/2022
Publicación: 20/05/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.952 de 20/05/2021 artículos 5, 7 y 12.
   VISTO: lo dispuesto en la Ley N° 20.025, de fecha 31 de marzo de 2022;

   RESULTANDO: I) que por el artículo 1° de la Ley N° 19.952, de 20 de mayo de 2021, se creó el Programa "Oportunidad Laboral" el que de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de la referida Ley se desarrollaría entre los meses de junio a noviembre del año 2021, con alcance nacional y administrado por la Comisión Sectorial, creada por el literal B) del artículo 230 de la Constitución de la República;

   II) que dicha Comisión coordina ese Programa asesorando al Poder Ejecutivo y al Congreso de Intendentes respecto a su implementación y en cuanto a las actividades a cumplirse en ese marco;

   III) que posteriormente y a los efectos de crear condiciones para que los indicadores económicos y sociales alcanzaran o eventualmente superen los niveles anteriores a la pandemia de COVID-19, por la Ley N° 19.997, de 18 de noviembre de 2021 se estableció que el Programa creado se desarrollaría entre los meses de junio del año 2021 y marzo del año 2022 regulándose además aspectos de la prestación "Oportunidad Laboral";

   IV) que con la promulgación de la Ley N° 20.025, se dispuso que el referido Programa se desarrolle entre los meses de junio del año 2021 y mayo del año 2022, con los montos remanentes asignados a cada Gobierno Departamental;

   CONSIDERANDO: que resulta necesario reglamentar el régimen de contratación de los beneficiarios de esta prestación contemplando lo previsto por la última extensión dispuesta;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido por los artículos 168 numeral 4°, 230 y 262 de la Constitución de la República y por la Ley N° 20.025, de fecha 31 de marzo de 2022;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                     actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

   El "Régimen de contratación de los beneficiarios del Programa Oportunidad Laboral y sus pautas de ejecución" aprobado por el Decreto N° 164/021, de 1 de junio de 2021, será aplicable al Programa creado por Ley N° 19.952, de 20 de mayo de 2021, con las modificaciones introducidas por la Ley N° 20.025, de fecha 31 de marzo de 2022.

   LACALLE POU LUIS - LUIS ALBERTO HEBER - FRANCISCO BUSTILLO - AZUCENA ARBELECHE - JAVIER GARCÍA - PABLO DA SILVEIRA - JOSE LUIS FALERO - OMAR PAGANINI - PABLO MIERES - DANIEL SALINAS - FERNANDO MATTOS; TABARÉ VIERA - IRENE MOREIRA - MARTÍN LEMA - ADRIAN PEÑA
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