CREACION DEL PROGRAMA "OPORTUNIDAD LABORAL"




Promulgación: 20/05/2021
Publicación: 25/05/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 164/021 de 01/06/2021.
Referencias a toda la norma

Artículo 12

   (Financiación).- Las erogaciones derivadas de la aplicación de la presente ley, en particular en lo relativo a la prestación creada en el artículo 7°, serán atendidas con cargo al Fondo Solidario COVID-19, creado por la Ley N° 19.874, de 8 de abril de 2020, hasta el 31 de marzo de 2022, sin perjuicio de los recursos que los Gobiernos Departamentales asignen.

   Para los meses de abril y mayo de 2022, las erogaciones serán atendidas con cargo a los fondos remanentes del Programa Oportunidad Laboral, sin perjuicio de los recursos complementarios que los Gobiernos Departamentales asignen en proporción a los jornales activos empleados en cada caso. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 20.025 de 31/03/2022 artículo 3.
Reglamentado por: Decreto Nº 153/022 de 17/05/2022.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.952 de 20/05/2021 artículo 12.
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